TORTURAS Y SEGUIDA DE MUERTE DE GASTÓN AYALA AQUINO Un jurado popular declaró culpable de torturas al ex jefe de Penal de la UP 1 de Olmos y por omisión de evitarlas al sub jefe
ANDAR en La Plata
(Agencia Andar) Tras varias horas de deliberación, los 12 jurados que intervinieron en el juicio por las torturas seguidas de muerte de las que resultara víctima Gastón Ayala Aquino anunciaron su veredicto ante el juez técnico Ezequiel Medrano -en representación del TOC 5 de La Plata-, las partes del juicio y el público en general: Rafael Herrera, el por entonces jefe del Penal en la UP 1 de Olmos del SPB, fue hallado culpable -por mayoría de 11 votos- del delito de torturas, que prevé una pena de entre 8 y 25 años de prisión.
El ex subjefe de Asistencia y Tratamiento Sergio Ceballos -que presenció las torturas aplicadas por Herrera sobre la víctima en el interior de la oficina de control- fue hallado culpable del delito de omisión de evitar torturas, con expectativa de pena de entre 3 y 10 años.
Por su parte, el otro personal jerárquico que intervino en los hechos investigados, el exsubjefe de vigilancia Juan Ignacio Tocci, resultó absuelto del delito de omisión de evitar torturas a pesar de que habría tenido casi la misma participación que Ceballos de acuerdo a la prueba producida en el juicio. En efecto, Tocci y Ceballos habrían ingresado juntos a la oficina de Herrera mientras este golpeaba, insultaba y ahorcaba a Gastón Ayala.
El resto de los imputados -Santiago Barrios Rivero, Matías Wernicke, Mario Abel Ardiles, Emanuel Vallejos y Eliseo Oriel Porta- también fueron declarados no culpables por el jurado popular. Mientras que el noveno de los penitenciarios que llegaba imputado al juicio, Mariano Oscar Silva Urbieta, fue absuelto por el Juez porque las partes decidieron no acusarlo tras las audiencias del juicio.
Ahora queda pendiente la realización de la audiencia de cesura que se llevará a cabo el próximo 4 de noviembre, cuando el juez Medrano, el bloque acusador y las defensas discutan los agravantes y atenuantes, y las partes soliciten las penas. Ese día también declararán los padres de Gastón. Luego el Juez del Tribunal fijará la audiencia de lectura de condena.
Cabe recordar que el juicio se llevó a cabo desde el pasado 21 de octubre con alrededor de 40 testigos, entre peritos, detenidos que llevaron a Gastón en manta hasta el primer piso y personal de sanidad de la UP 1, entre otros.
Respecto a los penitenciarios imputados, en las distintas jornadas de juicio quedaron expuestas las notorias diferencias entre ellos, en consonancia con los grupos que circunstancialmente actuaron aquella madrugada: el de los de mayor jerarquía (Herrera como jefe del penal, más Ceballos y Tocci) que ingresaron a la víctima, en estado de indefensión, a la oficina del primero donde fue torturado y asesinado, y el resto de penitenciarios de menor jerarquía que no ingresaron a esa oficina, cuya participación habría sido especialmente hasta que Herrera decide “hacerse cargo de la situación”.
La mayoría de los imputados hizo uso del derecho a declarar en juicio sin juramento de decir verdad. El exjefe del penal, Rafael Herrera, fue acusado por los agentes de haber tergiversado los contenidos de los informes elaborados en la unidad penal aquella mañana del 1 de agosto de 2016 para mejorar su propia situación en detrimento de sus subalternos, además de ser el responsable directo de la muerte de Gastón.
En efecto, varios de los imputados describieron cómo Herrera irrumpió en el pasillo cercano al puesto de control donde tenían a Gastón Ayala reducido en el piso y, arrastrándolo como “un trapo de piso”, lo llevó al interior de su oficina, donde lo ahorcó y torturó hasta casi producir su muerte, la que ocurriría minutos después.
Además de demostrar la práctica sistemática de la tortura en las cárceles, este caso es una muestra evidente también de las graves falencias de la salud penitenciaria; Gastón Ayala Aquino llevaba más de dos meses alojado en la cárcel de Olmos sin acceder a una asistencia de salud adecuada para afrontar sus episodios de epilepsia, una enfermedad ya diagnóstica, y para la cual sólo recibía un tratamiento medicamentoso, insuficiente y descontinuado. Las autoridades del penal estaban al tanto de la situación, Gastón requería atención de la salud y, sin embargo, la desidia estatal y el accionar penitenciario terminaron provocando su muerte.