ENTREVISTA AL FISCAL DE DELITOS CONEXOS A LA TRATA DE QUILMES “Si el Estado no empodera a la víctima de trata liberada se agrava la vulnerabilidad”
Daniel Ichazo es el titular de la Fiscalía Descentralizada 1 de Berazategui, del departamento judicial de Quilmes, a cargo de la investigación de los delitos penales conexos a la trata con fines de explotación sexual y laboral. En 6 años esa fiscalía rescató a 718 personas y realizó más de 300 allanamientos. En diálogo con ANDAR, destacó que la “Ley de Trata es de avanzada, pero aún falta que el conjunto de la sociedad milite esa norma para la erradicación definitiva de esta forma aberrante de explotación”
ANDAR en Quilmes
(Agencia)El fiscal Daniel Ichazo reconoce los importantes avances en materia de legislación contra la trata pero considera que esas herramientas no son suficientes: es necesario un cambio cultural que implique a todos los niveles del Estado argentino y a las instituciones de la sociedad civil para que se visibilice la naturaleza delictiva de la trata con fines de explotación.
En esa búsqueda, el agente fiscal de Quilmes impulsa y promueve el Observatorio Municipal contra la Trata de Personas y Delitos Conexos del que participan representantes de organizaciones sociales, sindicales, instituciones eclesiásticas, educativas y organismos de derechos humanos, con el objeto de planificar políticas públicas para el acompañamiento y fortalecimiento de las víctimas liberadas.
“Valoro especialmente el trabajo del Observatorio porque la justicia tiene que actuar conjuntamente con la sociedad civil, algo que debería ser habitual pero que aún no lo es entre los fiscales y magistrados de la provincia. Además, la ley de Trata es de avanzada en cuanto a los derechos humanos y la perspectiva de abordaje integral, pero aún es necesario que el conjunto de la sociedad milite la implementación efectiva de la norma”, afirma.
[pullquote]las fiscalías departamentales especializadas en los delitos conexos a la trata se crearon en 2008 a partir de la ley 26364[/pullquote]
En la provincia de Buenos Aires se crearon, en 2008 y en virtud de la sanción de la ley 26364 sobre Prevención y Sanción de la Trata de Personas y Asistencia a sus víctimas, las fiscalías departamentales especializadas en los delitos conexos a la trata: la promoción y facilitación de prostitución de mayores y menores, la explotación económica del ejercicio de la prostitución, y los agravantes que corresponden en cada caso.
El nuevo sistema judicial es un complemento del fuero federal, que investiga y juzga las formas de reclutamiento, traslado y alojamiento forzado de personas con fines de explotación.
Daniel Ichazo es uno de los fiscales bonaerenses abocados a la investigación de delitos conexos, y su trabajo es reconocido por las instituciones civiles de Quilmes. En diálogo con ANDAR, afirma que “el desafío es concientizar para que se termine con ese dicho popular según el cual ‘la prostitución es el oficio más antiguo del mundo’, porque en realidad se trata de una de las formas de explotación más aberrantes de la integridad y dignidad humanas”.
-¿Cuáles fueron los principales cambios legislativos desde 2008 a la actualidad en materia de trata?
-Cuando iniciamos nuestro trabajo, contábamos con la Ley de Profiláxis, que en sus artículos 15 y 17 preveía multas por el regenteo o administración de una “casa de tolerancia”. Comenzamos a investigar los presuntos boliches nocturnos que, en realidad, funcionan como prostíbulos donde se configura el delito de trata y advertimos rápidamente el poco involucramiento del Estado y la sociedad con respecto a la explotación sexual en esos lugares. Además, la Ley de Trata sancionada en 2008, si bien llegaba con muchos avances, aún consideraba el “consentimiento” de la persona que ejerce la prostitución, aunque finalmente esa previsión fue reformada y excluida de la norma en 2012. A partir de allí sí contábamos con una ley de vanguardia: no hay libre elección ni autonomía.
-¿Qué situaciones configuran delitos conexos a la trata?
-En Argentina, la prostitución en sí no está penada, en tanto y en cuanto sea parte de una elección libre y autónoma del propio sujeto que la practica. Lo que sí se juzga es a la persona que promueve o facilita que otra se encuentre en esa situación. El Estado no puede permitir que haya ciudadanos que se aprovechen de la vulnerabilidad de otros.
En cuanto a los delitos que abordamos desde la fiscalía, son los previstos en los artículos 125 bis, 126 y 127 del Código Penal sobre la promoción y facilitación de prostitución de mayores y menores, la explotación económica del ejercicio de la prostitución, y los agravantes que corresponden en cada caso. La conexidad refiere a que el delito de trata es federal, es complejo, y tiene que ver con formas específicas de reclutamiento, traslado y alojamiento de la persona sujeta a explotación. Allí nosotros no tenemos jurisdicción, sino en lo que ocurre luego. El delito de trata además no necesariamente tiene que tener explotación, sino que alcanza con que alguien reclute y traslade a otra persona con fines de explotación. En caso de consumarse la explotación, aparecen los delitos conexos.
-¿Cómo conciben su propia situación las personas rescatadas de una situación de trata?
-En los allanamientos, hasta ahora, no me he encontrado con ninguna víctima que me haya dicho que la prostitución es parte de una elección vida. El 99 por ciento de esas personas viene arrastrado por una situación de vulnerabilidad previa. Son casos, en general, atravesados por la violencia intrafamiliar, situaciones económicas angustiantes, madres que no encuentran otra opción de sustento para sus hijos. Entonces, en esas historias, lo que se avasalla constantemente es la dignidad de la persona que queda inmersa en el círculo de la explotación. Por otra parte, cuando entrevistamos a las personas liberadas casi nunca se consideran a sí mismas como víctimas, sino que dicen “es lo que me tocó en la vida”, “es el único sustento que tengo”, y esto no lo puede permitir el Estado, sino que tiene que generar las alternativas.
[pullquote]El 99 por ciento de las personas captadas por la prostitución llega arrastrado por una situación de vulnerabilidad previa[/pullquote]
Daniel Ichazo considera que, en cuanto al abordaje de las víctimas y el acompañamiento, el Estado provincial aún no cuenta con programas efectivos para el empoderamiento en derechos: “Si el Estado no empodera a la víctima de trata liberada se agrava la vulnerabilidad y se aumenta el riesgo de que esa persona vuelva a caer en la situación de explotación. A esto hay que agregar la naturaleza estigmatizante de todo proceso judicial, por lo que el abordaje y empoderamiento debe ser realizado con mayor tiempo, herramientas, sistematicidad y discreción”.
La unidad fiscal 1 descentralizada de Berazategui muestra números que marcan la profundidad del trabajo contra las redes de trata: entre 2010 y 2014 fueron liberadas 718 víctimas; 613 eran sometidas a explotación sexual y 87 a explotación laboral; en ese período se realizaron más de 300 allanamientos.
“Hemos avanzado mucho en el departamento judicial de Quilmes y, en 2015, realizamos 10 allanamientos no por haber reducido el trabajo sino, por el contrario, porque estamos viendo los resultados de las acciones deplegadas durante los últimos años”, describe el fiscal.
No obstante, advierte que “el delito siempre se va reinventando, es un ‘negocio redituable’ y los regentes de prostíbulos van un paso adelante en las formas de la explotación, por eso es tan importante la Ley de Trata y el acompañamiento de la sociedad”.
-¿Cómo organizan desde la fiscalía los allanamientos, considerando la prioridad de la no revictimización?
-En ese punto, nosotros prestamos especial atención. Yo mismo y gran parte de la fiscalía presenciamos los allanamientos y a comenzamos el abordaje de las víctimas, a diferencia del sistema federal que todavía sigue operando con la Policía y entrevistando a las víctimas en los mismos lugares de los que se las rescata. Tenemos vehículos propios en los cuales se traslada a las personas rescatadas junto a un psicólogo. Simultáneamente, en mi caso, me quedo en el lugar para identificar pruebas, testigos y responsables de eventuales delitos. Nos manejamos con la mayor discreción posible a fin de no hacer sentir a la víctima en todo momento que fue parte de una red de explotación sexual.
-¿Cuáles son los límites de su intervención cuando en un mismo lugar se configuran delitos distintos a los conexos de trata?
-En el caso de delitos penales más graves, como un homicidio, damos intervención a la fiscalía de turno departamental. En otros casos, como por ejemplo si hallamos drogas o armas, incorporamos esas actuaciones a la causa de delitos conexos porque forman parte del escenario de explotación sexual o laboral, según el caso. Esto es importante porque así evitamos la apertura de nuevas causas en las cuales podrían ser llamadas a declarar como testigos las propias víctimas.
-¿Cómo evalúa la acción de las agencias judiciales en la Provincia con respecto a la trata?
-El desafío principal es que la justicia se compenetre con la perspectiva de asistencia integral y de derechos humanos con respecto a las víctimas. No hablamos de casos comunes, sino de personas que han padecido una situación de explotación y de sometimiento. Falta dar el salto definitivo de la legislación avanzada a la acción eficaz y planificada frente a los delitos de trata.