A PARTIR DE UNA PRESENTACIÓN DE LA CPM Se constituyó una mesa de trabajo para garantizar el voto en las cárceles
A principio de año un juzgado de Mar del Plata dio lugar a una solicitud de la CPM y declaró la inconstitucionalidad de los artículos que le impedían votar a las personas condenadas en la Unidad 15 de Batán. Sin embargo durante las PASO pudo votar menos del 40% del padrón. Ahora se constituyó una mesa de trabajo, de la que participa la CPM, que busca garantizar el goce de este derecho de cara a las próximas elecciones de manera efectiva e integral.
ANDAR en las cárceles
(Agencia) A pesar de estar habilitadas por una decisión judicial, la mayoría de las personas detenidas en Batán con sentencia firme no votaron en las PASO. Al momento de las elecciones el total de detenidos en la UP 15 ascendía a 1116 y el número de condenados con sentencia firme a 608, según el informe del Servicio Penitenciario que consta en la causa. Sin embargo, en el padrón electoral figuraban inscriptas 355 personas y el Servicio Penitenciario Bonaerense aseguró que sólo 135 detenidos estaban en condiciones de votar, menos del 40%. Según los funcionarios, el resto de los empadronados no contaba con sus documentos. Finalmente votaron 104 personas, entre las que sólo 20 eran condenados. En definitiva, apenas el 3 por ciento de las personas con condena pudieron emitir su voto.
[pullquote]En definitiva, apenas el 3 por ciento de las personas con condena pudieron emitir su voto[/pullquote]
Ante esta situación, la Comisión por la Memoria de la provincia de Buenos Aires (CPM) intervino ante el juzgado pertinente para que el Ministerio de Justicia y la Junta Electoral Provincial regularicen la situación con vistas a las elecciones generales de octubre y exigió la extensión de la medida a todas las cárceles de la Provincia. “Si bien esta presentación la realizamos por un detenido condenado en particular extendiendo el reclamo a toda la población de la UP donde estaba alojado, es evidente que no sólo las personas alcanzadas por este decisorio deben votar, sino la totalidad de los condenados alojados en la Provincia de Buenos Aires. Desde la CPM entendemos que están dadas las condiciones para que en las futuras elecciones se hagan efectivas sin discriminación alguna”, consideraron desde el Programa de Litigio estratégico de la institución.
En una audiencia informativa de la que participaron representantes de la CPM, del Registro Provincial de las Personas, del Ministerio de Justicia bonaerense, el director de la Unidad Penal Nº 15 y las docentes que constituyeron la mesa electoral en la unidad se intentaron dilucidar los inconvenientes que no permitieron incorporar a la totalidad de los detenidos al padrón. En un segundo momento de la audiencia los representantes de la CPM expusieron las acciones necesarias que garanticen información y transparencia en las próximas elecciones y requirió su implementación.
[pullquote]Desde la CPM entendemos que están dadas las condiciones para que en las futuras elecciones se hagan efectivas sin discriminación alguna[/pullquote]
Desde la CPM se solicitó, entre otras cuestiones, que el Registro Provincial se aboque a la regularización de documentos en los casos de las personas que aún no tenían su DNI; que se disponga de folletos y materiales de difusión respecto de la resolución y la información electoral disponible para los electores detenidos y se subrayó la importancia de que el Observatorio de Estudios Electorales y Político Institucionales de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UNLP pueda constituirse en el penal durante las próximas elecciones a realizar un exhaustivo monitoreo del acto electoral.
Así quedó constituida una mesa de trabajo con el fin de realizar un seguimiento a la ejecución de esta resolución dictada por el juez Juan Galarreta en mayo. En ese momento, el Juzgado de Ejecución Nº 2 de Mar del Plata declaró la inconstitucionalidad de los artículos que limitaban el sufragio a personas condenadas (restricción prevista en los incisos 2.c, 3.a, b, c, d, e y g del artículo 3º del Código Electoral Provincial y del inc. 2 del art. 19 del Código Penal de la Nación, en función del art. 12 del mismo cuerpo legal). El pedido había sido presentado por la CPM en 2013, luego de que un condenado consultara por la posibilidad de ejercer este derecho durante una entrevista en una de las inspecciones que el organismo realiza en las cárceles bonaerenses.