Prisión perpetua para Verdura, Grosse y Ferreyra
Ante un recinto colmado, el Tribunal sentenció a tres de los represores a prisión perpetua en cárcel común. Además otorgó la pena de ocho años de prisión para Horacio Rubén Leites también en cárcel común.
ANDAR en los juicios
(AC-FACSO) Un verdadero día de justicia se vivió este lunes en el Complejo Universitario de Olavarría cuando el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata dio lectura del veredicto por los delitos de lesa humanidad cometidos en el Centro Clandestino de Detención Monte Pelloni. En el recito estuvieron presentes las víctimas del Terrorismo de Estado en Olavarría y sus familiares, además de distintas agrupaciones de Derechos Humanos, organizaciones sociales y políticas, autoridades de la Facultad de Ciencias Sociales y también familiares de los condenados.
El Tribunal Oral Federal de Mar del Plata compuesto por los jueces Roberto Atilio Falcone, Mario Alberto Portela y Néstor Rubén Parra construyó la sentencia desde el 22 de septiembre pasado en base a las declaraciones recogidas en conjunto con los alegatos expuestos por ambas partes. Falcone abrió la audiencia y antes de leer el veredicto, destacó la construcción de los alegatos por parte de las defensas en cuanto a los criterios utilizados y explicó algunas cuestiones preliminares, como por ejemplo el criterio de la imputación y la intervención del juez para explicar brevemente los fundamentos de la sentencia en base al nuevo procedimiento del Código Penal.
Dicho esto, indicó que solo se leería el veredicto y que los fundamentos de la sentencia serán leídos en una próxima audiencia el 25 de febrero de 2015 en la sede del Tribunal en Mar del Plata. Luego, dejó en claro cuál fue el criterio para la imputación en base a que está debidamente probada la existencia de un plan sistemático, entre 1976 y 1983, cuyo objetivo fue aniquilar a la “subversión”. Para ello se conformó un aparato organizado de poder que actuó en la clandestinidad y que estuvo integrado por funcionarios públicos, en este caso miembros de las Fuerzas Armadas.
Acto seguido comenzó con la lectura del fallo. En primer término aclaró que se rechazaron todas las prescripciones temporales e inconstitucionales propuestas por las defensas para luego dar lugar a las condenas. Al Coronel (R) Ignacio Aníbal Verdura, figura máxima del Regimiento de Tanques de Caballería II de Olavarría entre 1976 y 1977, se lo condenó con una pena de reclusión perpetua en cárcel común, e inhabilitación absoluta y perpetua sin goce de haberes, accesorias legales y costas del proceso por ser considerado autor directo de los homicidios de Jorge Oscar Fernández, Alfredo Serafín Maccarini, Rubén Argentino Villeres, Graciela Noemí Follini de Villeres, Juan Carlos Ledesma y Amelia Isabel Gutiérrez de Ledesma. Además se lo condenó por las privaciones ilegítimas de la libertad de 21 personas, con el agravante de haber durado más de un mes en 13 hechos y la aplicación de tormentos a perseguidos políticos en 21 casos.
El Tribunal ordenó el inmediato traslado de Verdura en una unidad sanitaria al Hospital Penitenciario de Ezeiza para que se le efectúen exhaustivos estudios médicos que informen sobre su salud y disponer así en qué Unidad Penitenciaria alojarlo. Con respecto a la revocación de la prisión domiciliara el Tribunal entendió que, si continuaba con este beneficio, podría generar perjuicios para futuros testigos y colaboradores del juicio como por ejemplo las amenazas recibidas oportunamente.
Walter Jorge Grosse, Capitán (R) del Ejército y Omar Antonio Ferreyra, Sargento (R) fueron condenados a prisión perpetua en una Unidad Penitenciaria Federal, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y costas del proceso; y al igual que Verdura no podrán gozar de sus haberes jubilatorios. Esta sentencia se basa en los homicidios calificados de Jorge Oscar Fernández y Alfredo Serafín Maccarini, las privaciones ilegítimas de 20 personas con el agravante de durar más de un mes en 13 casos y la aplicación de tormentos a 15 personas.
En el caso del Teniente (R) Horacio Rubén Leites recibió una pena inferior al resto de los condenados. En esta parte de la causa únicamente se lo acusó de las privaciones ilegítimas de la libertad con violencia y amenazas de 19 personas y la aplicación de tormentos a 15 de ellas. Por esto se lo sentenció a ocho años de prisión e inhabilitación absoluta sin goces de haberes, accesorias legales y costas del proceso.
Los cuatro represores volverán a sentarse frente al tribunal en el segundo tramo de la causa denominada Monte Pelloni II, que aún no tiene fecha de realización aunque se presume que será a principios de 2016.
Una vez finalizada la lectura del veredicto, rápidamente los condenados fueron retirados del recinto, mientras que el público aplaudía y acompañaba con cantos la decisión del Tribunal. La emoción se vio reflejada en los rostros de las víctimas y familiares. César Sivo, abogado querellante por la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires calificó a la sentencia como “ejemplar” y dijo que sirve para demostrar la “legitimidad de estos procesos”.
En el campus universitario el público siguió la lectura a través de una pantalla instalada sobre un escenario, en el que al finalizar la audiencia hablaron referentes locales vinculados a la causa como Carmelo Vinci, Rosana Cassataro, Araceli Gutiérrez y Juan Pablo Villeres entre otros, quienes calificaron al juicio como parte de las generaciones pasadas, presentes y futuras. Además recordaron a aquellas personas que fueron víctimas del accionar represivo, que ya no están y que fueron pilares en la lucha por los derechos humanos en Olavarría.
Sobre el final se presentaron las murgas “Arrebatando Lágrimas” y “Flor de Murga” y posteriormente el grupo “Los Sikuris” para coronar así una gran jornada de Memoria, Verdad, Justicia y Alegría.