JUICIO POR EL ASESINATO DE ARIEL CANIZZO Prisión perpetua para cuatro policías de la 3º de Berisso
El tribunal oral y criminal 1 de La Plata condenó a prisión perpetua a los cuatro policías acusados por el asesinato de Ariel Canizzo por “homicidio agravado en abuso por sus funciones en el cargo”. “Tanto sufrimiento durante estos años pero hoy se hizo justicia. Ahora mi hijo va a poder descansar en paz”, expresó Mónica Yllescas, mamá de Ariel, tras escuchar el veredicto junto a Rosa Bru y a los abogados de la Asociación Civil Miguel Bru (AMB) Verónica Bogliano y Juan Manuel Morente. “Es sumamente grave que los cuatro condenados por homicidio durante 8 años siguieron ejerciendo como policías. No olvidemos que teníamos policías asesinos trabajando en una comisaría”, destacó Rosa Bru.
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(AMBru) El ex capitán Ricardo de La Canal, los tenientes Roberto Percuoco y Ernesto Conti y el oficial principal José Antonio Cácere, fueron condenados por el homicidio de Ariel Cannizzo, el joven de 33 años que el 21 de octubre de 2011 fue secuestrado de su casa por los cuatro efectivos –en un procedimiento irregular y sin mediar orden de captura- y sometido a una brutal golpiza. Como resultado de esos golpes murió luego, cuando estaba detenido en la comisaría 4ª.
Tras la sentencia, Mónica Yllescas declaró conmovida: “siento una gran emoción, gracias a dios, gracias a la Asociación Miguel Bru y sus abogados se hizo justicia por mi hijo. Mi corazón estalla, todas las pruebas estaban en contra de ellos, yo sabía que si no los condenaban iba a ser una injusticia. Tenemos unos abogados maravillosos, la asociación nunca me abandonó, doy mil gracias también a los testigos que declararon durante el juicio”.
Por su parte Rosa Bru, presidenta de la AMB afirmó: “Se hizo justicia que es lo que realmente estábamos exigiendo, después de tanta lucha y tanta espera de la familia logramos que salga la verdad. Estoy muy agradecida a los abogados que trabajaron muchísimo y al periodismo que nos acompañó para difundir este caso en reclamo de justicia”.
Con esta sentencia, el Tribunal dio lugar a la solicitud de la familia que en sus alegatos había pedido homicidio calificado para los cuatro imputados por tratarse de miembros de las fuerzas de seguridad en abuso de sus funciones. Por su parte, el titular de la UFI 4, Martín Chioriazzi, había pedido esta pena para Conti y Cácere y la absolución para los otros dos policías. Mientras que los defensores habían solicitado la absolución de todos los imputados.
En sus alegatos, el fiscal y Bogliano explicaron como Cannizzo murió por una lesión en la parte inferior de la laringe por la cual sufrió varias horas una asfixia lenta que culminó como “síndrome asfíctico sub agudo”. Bogliano acreditó que por el relato de dos testigos, uno de ellos el hermano de Ariel, los cuatro imputados ingresaron a la casa de la víctima y lo golpearon brutalmente mientras estaba en un estado de total indefensa. Además destacó que de la autopsia se desprende que no hay evidencia física de que haya opuesto resistencia y la existencia de sangrado en la zona interna del abdomen de Ariel. También citó a los vecinos testigos que declararon cómo se lo llevaron con la cara ensangrentada y casi a la rastra y las manchas de sangre que se registraron en el comedor de la casa. La abogada cuestionó que en el informe de reconocimiento médico no consignaron las lesiones en el rostro de Ariel y la inexistencia del legajo de su detención en octubre de 2011. También resaltó que De la Canal había intervenido en dos causas previas contra Cannizzo, incluso en la que le abrieron por resistencia a la autoridad donde este policía lo había golpeado.
Contra el encubrimiento y la impunidad
Para llegar a este juicio en un Tribunal Oral y Criminal hubo que sortear toda una serie de trabas dentro del propio Poder Judicial que buscaban garantizar que este hecho quede impune. En octubre de 2016 la causa llegó a juicio pero en el Juzgado Correccional 1 de La Plata por la simple imputación de apremios, ya que el fiscal Marcelo Romero se negó a investigar y denegó varios pedidos de prueba presentados por los abogados de la AMB durante 5 años, que permitían probar homicidio el de Ariel. El mismo fiscal intentó cerrar la investigación, medida que fue apelada por la AMB.
En 2016, y declarando ante la jueza correccional, los peritos oficiales ni el perito de parte pudieron determinar que los golpes que recibió Ariel no tuvieran que ver con su muerte, por lo que la AMB solicitó el cambio de carátula a “homicidio agravado”. Ante esto la jueza se declaró incompetente, ya que el Juzgado Correccional no hubiera podido dictar condena en caso de comprobarse ese delito.Por eso el caso llegó a este juicio como “apremios ilegales”, una vieja y conocida estrategia del Poder Judicial para garantizar la impunidad de los casos de gatillo fácil. En este marco, y ante el TOC 1, el Fiscal y la abogada de la AMB pidieron la ampliación de la acusación a homicidio calificado, ya que en base a los testimonios y las pruebas se pudo acreditar que Ariel fue golpeado en estado de total indefensión por lo que murió horas después de ser detenido de síndrome asfíctico subagudo, tal como declaró Omar Ledesma, el perito de parte de la Asociación Miguel Bru.
“Es sumamente grave que los cuatro condenados por homicidio durante 8 años siguieron ejerciendo como policías. No olvidemos que teníamos policías asesinos trabajando en una comisaría”, recordó Rosa Bru