LA CÁMARA RECHAZÓ EL SOBRESEIMIENTO DE LOS IMPUTADOS Nueve penitenciarios a juicio por torturas y muerte de un detenido en Olmos
La sala 1 de la Cámara de apelación y garantías en lo penal de La Plata confirmó la elevación a juicio de la causa que investiga el asesinato de Gastón Ayala Aquino en la Unidad Penal 1 de Olmos. Nueve penitenciarios están imputados por torturas seguida de muerte; tres de ellos se encuentran con prisión preventiva, todos fueron desplazados del Servicio Penitenciario Bonaerense. El 1 de agosto de 2016, Gastón sufrió un ataque epiléptico y fue trasladado a la oficina del jefe del Penal donde fue brutalmente golpeado y le aplicaron una llave en el cuello que provocó la muerte. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) patrocina a la familia Ayala Aquino.
ANDAR en La Plata
(Agencia Andar) Gastón Ayala Aquino fue asesinado en la Unidad Penal 1 de Olmos el 1 de agosto de 2016. A casi tres años de su muerte, la Cámara de de apelación y garantías en lo penal de La Plata confirmó la elevación a juicio y, ahora, deberá sortearse el tribunal donde se realizará el debate oral y público. La causa tiene a nueve agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) imputados por el delito de imposición de tortura agravada por el resultado de muerte. Por este hecho, en septiembre de ese año se desplazó a toda la cúpula del penal.
La confirmación de la Cámara llega como respuesta a apelaciones presentadas por la defensa que solicitó en algunos casos el sobreseimiento y en otros el cambio en la calificación legal de la acusación. En la resolución, los jueces consideraron que existían pruebas suficientes para sostener la imputación y avanzar con el proceso judicial contra el jefe de vigilancia y tratamiento Rafael Herrera, el alcaide mayor Juan Ignacio Tocci y los agentes Sergio Ceballos, Mario Ardiles, Santiago Barrios, Eliseo Porta, Mariano Silva Urbieta, Emanuel Vallejos y Marcos Wernicke. De los nueve penitenciarios, sólo Herrera, Tocci y Ceballos esperan el juicio con prisión preventiva.
Gastón Ayala Aquino estaba detenido sin condena en la Unidad Penal 1 Olmos, tenía 36 años y padecía un cuadro epiléptico que nunca fue tratado de manera adecuada durante todo ese tiempo. En la mañana del 1 de agosto, Gastón sufrió un nuevo ataque epiléptico, los compañeros de pabellón lo cargaron en una manta para trasladarlo a sanidad.
En el interior del corredor, Gastón se cayó de la manta en un estado de excitación propia del episodio de epilepsia; en ese momento, intervienen cuatro penitenciarios que lo reducen y lo esposan. Pese a estar a metros de la sala de sanidad, los agentes del SPB lo trasladaron al despacho de Herrera, la máxima autoridad del penal en ese momento. En ese lugar, al menos tres penitenciarios —entre ellos Herrera, Tocci y Ceballos—, a la vista únicamente de compañeros de fuerza y custodiando el lugar, lo golpearon brutalmente.
Según declaraciones testimoniales que están en la causa, Gastón Ayala Aquino salió del despacho de Herrera desvanecido y con lesiones visibles. Otros cuatro agentes del SPB trasladaron a sanidad, pero ya era demasiado tarde. Gastón llegó sin vida.
Recién nueve horas después, llamaron a su familia para avisarle que había muerto. Según la versión del SPB, Ayala Aquino murió por las lesiones que se autoinfringió durante el ataque epiléptico. Tal como consta en la instrucción, para sostener esta versión los penitenciarios obligaron a los detenidos a firmar un acta fraguada: un relato armado por el jefe del penal para encubrir el delito, hablar de la autoagresión de la víctima y no mencionar que fue trasladado a su despacho.
Esa versión fue desmentida por la autopsia y una pericia complementaria, la Asesoría Pericial de la Corte bonaerense determinó que la muerte se produjo como “consecuencia de una asfixia mecánica por comprensión extrínseca del cuello, presentando además múltiples traumatismos en la superficie corporal”.
Ante la evidencia de estas pruebas, las apelaciones presentadas por la defensa de los penitenciarios, estuvieron centradas en discutir cuál fue el grado de participación de cada uno para solicitar el sobreseimiento y el cambio de carátula. En todos los casos, la Cámara sostuvo que, aunque en distintas instancias, la participación de los nueve penitenciarios está acreditada y que es el juicio oral la instancia para dilucidar el protagonismo que tuvieron en el delito que se les imputa.
En ese sentido, al momento de resolver sobre la situación de Herrera, Tocci y Ceballos, los jueces de cámara María Silvia Oyhamburu, Raúl Dlato y Sergio Almeida rechazaron de forma unánime el recurso de apelación; para el caso de los otros seis penitenciarios, la elevación a juicio por el delito de tortura agravada por el resultado de muerte fue resuelta por el voto mayoritario de Oyhamburu y Almeida.
Tras la decisión de la Cámara, el expediente vuelve al titular del Juzgado de Garantías N 3 Pablo Raele para su notificación y el sorteo del tribunal que juzgará estos delitos. La instrucción fue dirigida por la UFIJ N 6, a cargo ahora de Marcelo Romero, con la ayudantía fiscal especializada en delitos en unidades carcelarias.
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) patrocina a la familia de Gastón y acompañó en las distintas instancias procesales el pedido de elevación a juicio. Para el organismo, las pruebas testimoniales y periciales son contundentes y lograron desmontar las maniobras de encubrimiento de los agentes penitenciarios.
“Cuando se investigan y juzgan delitos cometidos por las fuerzas de seguridad, una de las principales formas de la impunidad es tipificar estas prácticas como apremios ilegales, una calificación legal con pena de expectativa baja. La decisión de la Cámara, del juez de garantías y del Ministerio Público Fiscal de sostener la acusación por torturas es algo que hace más justicia a lo que verdaderamente ocurre en los lugares de encierro”, señalaron desde el programa de Litigio Estratégico de la CPM.
“Seguimos luchando a pesar de todo el dolor que tenemos, porque mi hijo no se merecía morir así”, había dicho Norma Aquino pocos meses después del asesinato. Ahora, la justicia tiene la oportunidad de reparar en parte en ese dolor y condenar a los imputados por lo que hicieron: torturar a Gastón hasta la muerte.