Córdoba: operativos policiales arbitrarios y violentos
El abogado y profesor Hugo Omar Seleme, director del Programa de Ética y Teoría Política de la Universidad Nacional de Córdoba, explica el alcance y los motivos del habeas corpus correctivo preventivo que presentó a raíz de los arbitrarios y violentos operativos de saturación policial ocurridos entre el 2 y 3 de mayo en 12 barrios de la capital provincial.
ANDAR en Córdoba
(Agencia) “En todo esto hubo un fuerte componente electoral. Hay un sector de Córdoba que realmente exige al gobierno provincial la ocupación de los barrios marginales. Es decir, lo más preocupante es que esto responde a una presión de un sector de la sociedad cordobesa, lo que provoca la vulneración masiva y selectiva del derecho a la libertad ambulatoria de los más vulnerables”, señaló a ANDAR Hugo Omar Seleme, el abogado que interpuso el habeas corpus con el objeto de frenar los operativos de saturación y ocupación policial.
Cabe recordar que, a comienzos del mes, se realizaron intervenciones policiales en 12 barrios periféricos de Córdoba, en los que resultaron detenidos bajo la figura del “merodeo” –que no es un delito, sino una contravención prevista en el Código de Faltas- más de 300 jóvenes de los barrios Argüello, Autódromo, Sol Naciente, San Roque, Villa Urquiza, Villa El Libertador, Müller, Villa El Nylon, San Vicente, Bajo Pueyrredón, Marqués Anexo y Yapeyú.
“Las detenciones se realizaron sin ninguna orden judicial, e incluso hubo allanamiento de moradas, algo que el Código de Faltas no permite y que, según nuestras averiguaciones, ningún juez ordenó. Es decir, todos los operativos fueron dispuestos por el poder político de Córdoba y ejecutados por la policía provincial en la llamada lucha contra el delito y el combate a la inseguridad’”, relató Seleme.
El abogado explicó que el merodeo ha sido repetidamente cuestionado en su constitucionalidad porque permite detener a personas a las que se considera en “actitud sospechosa”, algo tan abierto que le permite al policía actuar con total discrecionalidad: “En los operativos de comienzos de mayo llegaron a detener a una persona no vidente y a otros que jugaban al fútbol, por ejemplo”.
[pullquote]En los operativos de comienzos de mayo llegó a detener a una persona no vidente[/pullquote]
Según Seleme, lo paradójico de las detenciones masivas y allanamientos sorpresivos es que las víctimas no sólo se ven amenazadas por las difíciles circunstancias de precariedad y vulnerabilidad social, sino ahora también por la ocupación territorial de la policía.
Acerca de la actuación del juez interviniente – Gustavo Reinaldi, del Juzgado de 6ª Nominación de Córdoba-, el director del Programa de Ética y Teoría Política de la Universidad Nacional de Córdoba valoró como inédito e importante la aceptación de la acción de habeas corpus correctivo preventivo ya que el escrito no fue presentado por un damnificado directo en los operativos.
“Interpretando correctamente la Constitución Nacional, el juez Reinaldi dio curso a la acción de habeas corpus y pidió a la Policía que informase sobre el número de detenidos y sus nombres, los motivos de las detenciones y qué tramites se les había dado a esas detenciones. También libró oficios a las fiscalías y juzgados en turno para que informasen si se habían ordenado allanamientos y, en su caso, si esas órdenes permitían la detención de personas. Por último, se pidió información a la policía judicial para que recolectara todos los testimonios que hubieran salido en medios de comunicación”, describió.
En el marco de la presentación judicial, Seleme pidió también la realización de una audiencia pública –que aún no fue realizada- para que las víctimas de los operativos pudieran dar su testimonio en sede judicial. En este sentido, manifestó: “¿Por qué las víctimas no fueron las que presentaron el habeas? Por el temor a futuras represalias y amenazas a la libertad ambulatoria, lo que inhibe a las personas a salir de su casa para poder iniciar la acción judicial. De allí el buen entendimiento del juez que interpretó que, en este caso, no se debía exigir que fueran víctimas los accionantes. No obstante, ahora sí es necesario generar un espacio como una audiencia pública para que esas mismas personas afectadas en sus derechos puedan dar su versión ante el magistrado”.
A casi tres semanas de los operativos, la Policía de Córdoba acaba de dar respuesta ante el juzgado interviniente con respecto a la información solicitada en el marco del habeas corpus correctivo preventivo, y se espera que esos datos permitan avanzar, no sólo hacia la realización de la audiencia pública, sino también en la determinación de las responsabilidades de quienes realizaron las detenciones violentas y allanamientos de domicilio sin orden judicial.
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