A PARTIR DE UNA INTERVENCIÓN DE LA CPM Los condenados en Batán podrán ejercer su derecho al voto
Un juez marplatense falló a favor de que los detenidos con condena firme de la Unidad Nº 15 puedan votar en las próximas elecciones. El dictamen fue posible gracias a una presentación que realizó la Comisión Provincial por la Memoria en 2013 solicitando la inconstitucionalidad del artículo que prohibía a los condenados votar. Es el primer caso en la Provincia.
ANDAR en las cárceles
(Agencia) Pablo quería votar pero no podía. Con su condena también le habían impuesto la restricción de este derecho. Durante una inspección del Comité Contra la Tortura de la CPM comentó su inquietud al ser entrevistado por el equipo del organismo que monitorea las condiciones de detención. Esto motivó que la CPM realizara, hace ya más de un año, una presentación para que cese este impedimento que consideraron ilegal, y pidieron que el derecho a votar se haga extensivo a todos los detenidos en la Unidad Penal 15 de Batán.
Esta semana el Juez Galarreta, a cargo del Juzgado de Ejecución 2 de Mar del Plata, hizo lugar a ese pedido y declaró la inconstitucionalidad de los artículos que prohibían el derecho a votar de las personas condenadas (restricción prevista en los incisos 2.c, 3.a, b, c, d, e y g del artículo 3º del Código Electoral Provincial y del inc. 2 del art. 19 del Código Penal de la Nación, en función del art. 12 del mismo cuerpo legal). Así, centenares de detenidos podrán ser incorporados al padrón electoral para votar en en las próximas elecciones municipales, provinciales y de consejeros escolares, conforme a su último domicilio previo a la detención.
Hasta ahora, el Registro de Electores Privados de Libertad garantizaba el derecho constitucional a sufragar de las personas detenidas sin condena. Sin embargo en su pedido la CPM considera que se debe ampliar esta garantía a todas las personas detenidas considerando que “los jueces no deben limitar el goce de este derecho, más aún cuando el grupo perjudicado resulta ser un colectivo particularmente vulnerable y afectado de modo ineludible por las decisiones de la mayoría representada”. En su presentación el organismo también argumenta que restringir el voto atenta contra la dignidad de las personas privadas de su libertad “al desplazarlos de la condición de sujetos capaces de emitir una opinión válida”.
Entrega de DNI
Como un proceso paralelo a esta presentación de la CPM, la mesa contra la violencia institucional de Mar del Plata realizó una campaña de documentación en las unidades carcelarias de la zona e inició los trámites para 45 casos en la Unidad Penitenciaria 50, y más de 600 en la Unidad Penitenciaria 15. En coincidencia con el fallo favorable al ejercicio del voto de los detenidos en el complejo penitenciario de Batán esta semana se entregaron 562 documentos nacionales de identidad (DNI) cuyas gestiones se iniciaron en esa campaña.
En todo el país existen miles de personas -tanto en cárceles federales como provinciales- condenadas y privadas de su libertad, sin DNI a pesar de estar bajo custodia del Estado. Esto implica que, aun habiendo pasado tiempo en prisión, las personas son liberadas sin estar debidamente registradas, lo que ocasiona incontables inconvenientes y vulnera una exigencia elemental de que puedan incorporarse de la mejor forma posible a la vida en libertad.
En ese sentido la resolución 20/2014 dictada por el fiscal general de Mar del Plata Daniel Adler sugiere a los magistrados y funcionarios del Ministerio Público Fiscal cuando reciban a una persona privada de libertad, o en el marco de una entrevista en el ámbito de encierro, procuren verificar si poseen DNI y, en caso de que no sea así, se arbitren los medios necesarios para garantizar su confección.