ACCESO A LA SALUD La justicia ordenó refacciones en las celdas para pacientes con tuberculosis en la cárcel de San Nicolás
Quienes deben cumplir con el aislamiento en la fase contagiosa de la enfermedad en la Unidad Penal N° 3 del Servicio Penitenciario Bonaerense se encontraban alojados en espacios que no cumplían con condiciones mínimas de habitabilidad. La Comisión provincial por la Memoria inspeccionó el penal como Mecanismo Local de Prevención de la Tortura y presentó un habeas corpus ante el TOC N° 2 de esa localidad que ordenó la adecuación de los espacios que se encontraban en pésimas condiciones.
ANDAR en las cárceles
(Agencia Andar) El Tribunal en lo Criminal N° 2 de San Nicolás resolvió favorablemente un Habeas Corpus presentado por la Comisión provincial por la Memoria en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura en el que solicitaban condiciones adecuadas para las personas alojadas en las celdas de aislamiento dispuestas para quienes padecen tuberculosis en la Unidad Penal N° 3 de San Nicolás.
La Tuberculosis es una enfermedad con una prevalencia muy particular en los ámbitos de encierro debido a la falta de detección y las pésimas condiciones de alojamiento. Durante una inspección en la mencionada Unidad Penal el equipo de monitoreo de la CPM detectó que había dos detenidos cursando la fase uno de la enfermedad en un sector del área de sanidad en pésimas condiciones.
Paredes descascaradas y deterioradas, hongos y humedad, espacios sin equipamiento ni camas suficientes, sanitarios sin cerramientos adecuados, insumos de higiene escasos y sólo provistos por familiares, jornadas completas encerrados sin poder salir al patio o a algún espacio al aire libre y falta de personal sanitario para atender a las necesidades de personas con esta afección son la cuestiones que describieron en su presentación ante la justicia
Los jueces Alejandro López, María Elena Baquedano y Carla Masciarelli Solicitaron diversos informes periciales con profesionales que se acercaron a la unidad para constatar las condiciones de alojamiento, y pidieron información a los organismos estatales responsables de monitorear y garantizar el acceso a la salud de los y las detenidas como la Dirección de Salud Penitenciaria o le Programa de control de la Tuberculosos de la Provincia.
El Tribunal finalmente resolvió ordenar al director de la UP N° 3 que acondicione las celdas destinadas al aislamiento de pacientes con tuberculosis y, mientras tanto, ubique a los detenidos en un lugar que cumpla con las condiciones mínimas de habitabilidad dispuestas por el Comité nacional de Prevención de la Tortura.
En este caso eso implica como medidas centrales proveer las celdas del mobiliario faltante, realizar una remodelación integral del baño del lugar y reacondicionar las instalaciones eléctricas de acuerdo a las reglamentaciones vigentes. Además exigió a la Dirección de Sanidad de la unidad que cumpla con los protocolos vigentes al detectar casos positivos en el lugar.
Según arrojó un informe realizado por la Asociación Civil de Familiares de Detenidos (ACIFAD) sobre acceso a la salud en las cárceles del país en los primeros meses del 2020 un 8% de los encuestados registró haber padecido de una tuberculosis no curada o no tratada. La TBC representa un riesgo muy elevado en las personas con bajas defensas y consecuencias como pérdida de un porcentaje la capacidad pulmonar de por vida.
Frente a las graves falencias en el tratamiento de enfermedades curables o casi inexistentes fuera del encierro y en la falta de acceso a la salud integral en las cárceles provinciales desde hace años que la CPM reclama el pase de la Dirección de Salud Penitenciaria, hoy dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, a la órbita del Ministerio de Salud. En la cárcel las personas mueren de TBC, VIH o neumonías.