EL MANICOMIO EN LA CÁRCEL La justicia clausuró el sector de aislamiento de la UP 34
En su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la provincia de Buenos Aires, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) presentó un habeas corpus colectivo ante el Juzgado de Garantías Nº 5 de La Plata, quien resolvió clausurar el sector de aislamiento de la UP 34 de Melchor Romero que aloja personas con padecimiento mental. La presentación de la CPM se realizó luego de constatar las graves condiciones de aislamiento que sufren quienes se encuentran allí detenidos, que claramente constituyen graves violaciones de derechos humanos y una práctica que vulnera los derechos consagrados en la Ley Nacional de Salud Mental.
ANDAR en las cárceles
(CPM) La detención de personas con padecimiento mental en celdas de aislamiento constituye graves violaciones de derechos humanos y también una violación al artículo 14 del decreto 603/13, reglamentario de la Ley Nacional de Salud Mental (26.657), que prohíbe la utilización de salas de aislamiento. Tras constatar que esta situación se estaba produciendo de hecho en la UP 34 de Melchor Romero, bajo la órbita del Servicio Penitenciario Bonaerense, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) interpuso un habeas corpus colectivo para exigir la inmediata clausura de esas celdas.
Además de esta situación, el organismo pudo observar las pésimas condiciones de detención y el escaso acceso a la atención de salud que tienen las personas allí detenidas, contradiciendo los principios de la Ley 26.657. Por esto motivo, el pedido no se limitó únicamente a la clausura del sector de aislamiento sino que también se hizo extensivo a cualquier tipo de aislamiento que pueda generarse en el resto de los pabellones.
Ante este reclamo, el Juzgado de Garantías N° 5 de La Plata resolvió la clausura de los sectores de aislamiento en la UP 34. El fallo ordena además una serie de medidas que deberán cumplir las autoridades pertinentes de los Ministerios de Justicia y de Salud de la Provincia dentro del término de 180 días. Entre las más importantes se destacan: a) instar a la puesta en vigencia del protocolo de atención de urgencias en salud mental, proyectado en el marco del habeas corpus Nº 86.470 de la Sala III del Tribunal de Casación Penal, como así también a la realización de las reformas edilicias y designación de personal en cantidad suficiente y calificación adecuada para su correcta aplicación; b) implementar las medidas pendientes y conducentes «al cese todo tipo de prácticas de aislamiento, ya sea como tratamiento, sanción o resguardo de cualquier tipo, en personas con padecimientos mentales en la Unidad Penitenciaria N 34 de Melchor Romero, sin distinguir su situación procesal”.
El juzgado dispuso que la implementación de estas medidas se canalice por intermedio de las mesas de trabajo a desarrollarse entre las autoridades de los Ministerios de Justicia y Salud de la Provincia, como así también de la Comisión Provincial por la Memoria.
Esta decisión de la justicia viene a atender un reclamo de la CPM que no es nuevo. El habeas corpus colectivo fue presentado por la CPM en abril de 2018. Sin embargo, en aquel momento fue rechazado por la jueza de Garantías de La Plata, Marcela Garmendia, quien consideró que no existieron agravamientos de las condiciones de detención en base a los dichos de los funcionarios penitenciarios. Esta decisión fue apelada y la Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías de La Plata resolvió dar lugar a dicha apelación.
Si bien este fallo implica un avance en términos de reconocimiento de derechos de los detenidos por la prohibición del aislamiento, la CPM entiende que el padecimiento mental no debe ser tratado con lógicas carcelarias, que sumadas a la lógica manicomial, resultan devastadoras para las personas ocasionando daños graves a su salud. El cierre definitivo de los manicomios, es una deuda pendiente de la democracia, que debe fortalecer abordajes respetuosos de derechos, donde prevalezcan la integridad y dignidad de les pacientes.