POR PERSEGUIR A DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS La CPM se opone a la designación de Pont Vergés como juez de casación
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) expresó su oposición a la designación de Francisco Pont Vergés como juez de la Cámara de Casación Penal. El organismo considera que el actual funcionario de la Procuración provincial tuvo prácticas que no condicen con un desempeño de la función adecuado a la defensa de los derechos humanos. Por el contrario, en el marco de la causa Mónica Mego, mujer trans que quedó parapléjica en el encierro, no sólo no intervino para que se investiguen con celeridad las torturas sufridas por ella, sino que orientó su accionar a perseguir al defensor de casación penal, Mario Coriolano, por actuar a su favor. También se solicitó que no se avance con la designación de otros 42 funcionarios judiciales requiriendo mayor transparencia en el sistema de selección.
ANDAR en la justicia
En un contexto eleccionario que podría cambiar la integración del poder legislativo y del ejecutivo, el gobierno remitió al Senado provincial 42 pliegos que proponen la designación de funcionarios judiciales. El mecanismo resulta poco prudente y atenta contra la transparencia que debe guiar la selección de magistrados. Más aún cuando muchos de esos pliegos estuvieron a la espera de aprobación durante meses, incluso años.
El nombramiento de las personas para ocupar cargos en la justicia debe ser un proceso transparente y, tal como recomienda la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), que garantice la participación de la ciudadanía mediante la celebración de audiencias públicas.
Dentro de estas propuestas se propone la designación del actual secretario de Política Criminal de la Procuración General, Francisco Pont Vergés, como juez de la Cámara de Casación Penal.
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) elevó una carta al vicegobernador y presidente del Senado provincial Daniel Salvador y al cuerpo de senadores bonaerenses oponiéndose a la eventual designación de Pont Vergés por considerar que no reúne los requisitos del tercer párrafo del artículo 175 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, que privilegia la solvencia moral, la idoneidad y el respeto por las instituciones democráticas y los derechos humanos para los miembros del Poder Judicial.
La impugnación de su designación surge de su reciente intervención, como funcionario de la Procuración General, en el caso de Mónica Mego, la mujer trans que quedó parapléjica en el encierro porque el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB) le negó asistencia médica.
La CPM presentó dos habeas corpus a favor de Mónica y una cautelar ante la CIDH por su caso. Desde el primer momento, denunció que la desatención de la salud se combinó con otras torturas y un trato discriminatorio por su condición de género. A pesar de la gravedad de la situación y del daño irreparable en la salud de la mujer, la causa en la que se investigan los hechos de torturas denunciados no avanza con celeridad que el caso amerita.
Desde su función, Pont Vergés poco o nada se comprometió con la investigación de este caso. En cambio persiguió al defensor de casación penal, Mario Coriolano, por actuar a favor de la mujer trans, tramitando con celeridad la denuncia en su contra presentada por el jefe del SPB, Xavier Areses. El funcionario remitió la denuncia a la Secretaría de control disciplinario de la Procuración General de la Corte bonaerense para que se inicie un sumario administrativo y, más grave aun, envió una copia de la denuncia a la Fiscalía General de la Plata para que se investigue penalmente al Defensor de Casación.
En el marco de esa causa, la Sala III de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Plata, causa CP-32236-/1, autos «Coriolano, Mario s/Inc. de nulidad», resolvió en los considerandos que confirman la desestimación de la denuncia: «X. El recurso de la defensa debe prosperar. Superado el examen de admisibilidad, como punto de partida, debo señalar que el presente caso que se presenta podría afectar no solo a la Defensa Pública sino también la intervención de los organismos de Derechos Humanos y por lo tanto resulta de suma relevancia institucional.»
Estos intentos de represalia contra Coriolano fueron también condenados por la Corte Bonaerense. El Tribunal Supremo advirtió a las autoridades del Ministerio de Justicia y encomendó que “se abstengan de llevar a cabo acciones que pudieran implicar un obstáculo a [o un amedrentamiento de] la labor de toda persona que actúa en el presente caso en el rol de defensora de los derechos humanos”. También requirió que se tomen las medidas necesarias para avanzar en la instrucción que investiga las torturas y malos tratos sufridos por la víctima.
La actuación de Pont Vergés representa una vulneración al principio establecido por ley vigente (ley 14.442), aunque no operativizada, de autonomía de la defensa pública.
Por esto la CPM impugna la posible designación de Pont Vergés y espera que su pliego no avance en el Senado. En el mismo sentido, el organismo solicitó que se suspendan las designaciones de los 42 pliegos remitidos al Senado, hasta tanto se generen las condiciones de transparencia que requeriría un mecanismo de selección de magistrados y magistradas abierto a la sociedad.