FUE EL MARTES 7 DE MAYO ANTE EL TOF 4 DE SAN MARTÍN La CPM en juicio Contraofensiva: testimonio de concepto sobre los legajos DIPPBA
La directora del programa Justicia por delitos de lesa humanidad de la CPM, Claudia Bellingeri, brindó declaración testimonial en el juicio por los crímenes cometidos durante la Contraofensiva de Montoneros, con el objeto de enmarcar, valorar y explicar las dinámicas de articulación y coordinación entre las distintas agencias de inteligencia que integraron la comunidad informativa durante la última dictadura cívico militar. Desde ese programa se elaboró y remitió a la causa un vasto informe documental con legajos, fichas y dossier de inteligencia elaborados por la DIPPBA, Prefectura y agencias del Ejército con información sobre las víctimas y el seguimiento clandestino realizado en el país y en el extranjero.
ANDAR en San Martín
(Agencia Andar) En una extensa declaración testimonial, la CPM contextualizó, el pasado martes 7 de mayo, la documentación aportada desde el archivo de la DIPPBA a la causa en la que se ventilan los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la Contraofensiva de Montoneros.
La directora del programa Justicia por Delitos de Lesa Humanidad de la CPM, Claudia Bellingeri, detalló el recorrido del archivo de la inteligencia policial bonaerense desde que fuera clausurada la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires en los 90, hasta la entrega a la CPM de toda la documentación –por parte de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata- para su conservación, sistematización y administración.
Hoy, los registros de la persecución sobre miles de víctimas resultan fundamentales para el esclarecimiento de los crímenes, sus responsables materiales, las cadenas de mando y la organización de las agencias de la represión que, a partir del accionar de la Comunidad Informativa, planificaron el genocidio y el terrorismo de estado.
En el caso del juicio por la Contraofensiva –en este caso se aborda la secuencia de 1979 y 1980, la llamada segunda Contraofensiva-, la CPM aportó un frondoso informe estructurado en varios ejes: el seguimiento general sobre la organización peronista desde años antes; el despliegue represivo en países limítrofes y la articulación con fuerzas militares extranjeras; fichas sobre la mayoría de las víctimas; información sobre las cadenas de mando, estructuras militares y de fuerzas de seguridad que actuaron conjuntamente; y las principales líneas de acción de lo que la dictadura llamó Operación Murciélago.
En este sentido, el Ministerio Público Fiscal –que solicitó el testimonio de Bellingeri- indagó a la CPM respecto a los criterios de validación, verosimilitud e integridad del patrimonio documental, y pidió información respecto al contexto histórico previo al golpe del 76 respecto a las modificaciones legales que derivaron en el traspaso de la seguridad interna a la esfera del Ejército y, en general, de las Fuerzas Armadas.
Asimismo, se consultó respecto al rol de los órganos máximos del Ejército –Jefatura 2 de Inteligencia y Batallón 601- en relación a la serie de allanamientos en guardamuebles en todo el territorio de la provincia de Buenos Aires, donde las fuerzas militares creían que los militantes montoneros guardaban documentación y pertenencias sensibles.
En particular, Bellingeri se detuvo a explicar el frondoso dossier sobre Montoneros que realizó la DIPPBA en base a información recopilada por todas las agencias de la Comunidad Informativa. En él se da cuenta de las reuniones en el extranjero en las que se preparaba la Contraofensiva; en cambio de la Estrategia de repliegue hacia la de Contraofensiva Popular; la organización táctica para esa nueva fase de lucha; y listado de futuras víctimas que serían secuestradas en el reingreso al país o directamente en el extranjero.
Una parte importante de la documentación DIPPBA agregada a la causa se refiere a la articulación entre fuerzas armadas de Argentina con sus pares de Bolivia, Brasil, Chile, Perú y otros países donde se llevaron a cabo acciones de inteligencia y secuestros sobre militantes de Montoneros exiliados.
Así, el legajo 15852 titulado “Procedimiento efectuado sobre la B.D.T. Montoneros en Perú” describe que en el país andino fueron detenidos Noemí Gianotti de Molfino, Julio César Ramírez y Julia Inés Santos, pero que luego se frustró el traslado a la Argentina por denuncias realizadas por un diputado por la Unidad Democrática Popular.
“Ante esta circunstancia y a solicitud de las autoridades peruanas, la Comisión Argentina debió dejar a los D.T. (delincuentes terroristas) y regresar al país. Se habría acordado que los detenidos serían deportados a Bolivia, donde el Ejército boliviano se habría comprometido a entregarlos a los militares argentinos, operación que se llevaría a cabo en los primeros días del corrientes mes”, detalla el legajo.
Para la sistematización de los documentos DIPPBA que serían aportados a la causa se examinaron y evaluaron más de 60 fichas personales del Archivo con información sobre la persecución y secuestro de la mayoría de las víctimas cuyos casos ahora se ventilan en el juicio a instancias del TOF 4 de San Martín.
Desde el programa Justicia por delitos de lesa humanidad de la CPM aclaran en el informe remitido a la justicia que “teniendo en cuenta que toda documentación demanda una serie de recaudos por parte de los investigadores, es decir, una operación a través de la cual se aplica la crítica del documento, la veracidad, la verosimilitud, la autenticidad, la intencionalidad del productor de la documentación, etcétera; los documentos seleccionados van acompañados de un informe técnico que le otorgan sentido y, de ese modo, favorecen a la construcción de la prueba judicial”.
“En el caso específico de documentos producidos por organismos de inteligencia deben ponderarse por varias razones. En los mismos, existen formas de lo que aquí llamaremos enmascaramiento de la represión ilegal, que van desde las supuestas ‘declaraciones espontáneas’ de los detenidos hasta los enfrentamientos fraguados entre las fuerzas de seguridad y ‘delincuentes subversivos’, o los enterramientos como NN de personas de las que las fuerzas armadas y de seguridad conocían la identidad”, agregan.