LA LUCHA DE LOS PUEBLOS ORIGINARIOS NO PUEDE SER CRIMINALIZADA La CPM celebra la decisión de la justicia de rechazar la extradición de Jones Huala
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) celebra el fallo del juez federal Guido Otranto que dictaminó la nulidad del proceso de extradición a Chile del lonko mapuche Facundo Jones Huala. La justicia corroboró la existencia de tormentos contra los testigos propuestos en la causa. A esto se suma el espionaje ilegal utilizado durante el proceso de enjuiciamiento provincial. El presidente de la CPM, Adolfo Pérez Esquivel, que viajó a Esquel para acompañar a la comunidad Mapuche, había considerado que Jones Huala era un preso político: “No se puede criminalizar la lucha de los pueblos originarios que reclaman por sus tierras”. En el marco de la mesa de diálogo convocada por el juez, la CPM viene reclamando una salida consensuada del conflicto que respete los derechos ancestrales de los pueblos originarios.
ANDAR en Esquel
(CPM/Agencia) El juez federal de Esquel, Guido Otranto, rechazó el pedido de extradición solicitado por la justicia chilena contra el lonko mapuche Facundo Jones Huala. En el fallo, y tal como había solicitado la defensa, Otranto declara la nulidad del proceso por las severas irregularidades en la investigación que violaron los derechos y garantías procesales del militante mapuche. La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) celebra esta resolución e insta a seguir profundizando las instancias de diálogo y mediación con las comunidades originarias de Chubut.
En el marco de la criminalización de las luchas de los pueblos originarios de la zona que denunció reiteradamente la CPM, antes de visitar a Jones Huala en la Unidad Penal N 14 y presenciar la anteúltima audiencia por el juicio de extradición, el presidente del organismo, Adolfo Pérez Esquivel, señaló que “se debe terminar esta contradicción que consiste en atacar a los pueblos originarios por sus luchas y sus derechos ancestrales, mientras se benefician los grandes terratenientes en tierras que no les pertenecen; en este contexto, Facundo Jones Huala es un preso político”.
Para el organismo, el fallo del juez Otranto reviste una gran importancia, por un lado, porque la extradición habría significado la aplicación de la ley antiterrorista contra Jones Huala. Por otra parte porque, al sostener la nulidad del proceso, el juez confirma la existencia de las graves irregularidades que fueron advertidas tanto por la defensa como por la CPM.
Entre las principales denuncias, se había sostenido la utilización del espionaje ilegal de la Agencia Federal de Inteligencia durante el 2015 que utilizó, para la imputación del militante mapuche, pruebas obtenidas sin ningún respeto a las garantías constitucionales, cometiendo graves delitos contra la comunidad, como la persecución y el hostigamiento permanente de la Policía provincial. A su vez, la resolución del juez también confirmó la existencia de tormentos y torturas contra los testigos del proceso.
La libertad concedida a Jones Huala por esta causa representa un avance en la búsqueda de justicia y obliga a profundizar las instancias de diálogo con el INAI, la Dirección de Pueblos Originarios y las autoridades provinciales y nacionales para encontrar una salida consensuada al conflicto con las comunidades mapuches de Chubut.
En ese sentido, la CPM vuelve a exigir el cese de la persecución policial y judicial contra los militantes mapuches y las organizaciones sociales y de derechos humanos que integran la Red de Apoyo a las Lof en Resistencia. Al mismo tiempo, el organismo señala que la resolución de este conflicto debe respetar los principios constitucionales de reconocimiento de la preexistencia de los pueblos originarios.