FALLO DE LA CÁMARA FEDERAL DE SAN MARTÍN Grave y sorpresivo retroceso en la causa penal que investiga al fiscal de San Isidro Claudio Scapolan
A un mes y medio de la suspensión del funcionario judicial producto del avance del juicio político en su contra y a pesar de enorme material probatorio en las causas penales en las que se lo investiga por liderar una empresa criminal para el armado de causas, la extorsión y la comercialización de estupefacientes, entre otros delitos graves, la Sala 1 de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín, integrada por Marcelo Fernández, Marcos Morán y Juan Pablo Salas, dictó este 15 de junio la falta de mérito “al no haberse constatado los elementos mínimos que habilitan mantener el procesamiento decretado”. En su carácter de querellante institucional, la CPM adelantó que recurrirá la decisión y la calificó como un grave retroceso que consagra la impunidad de los crímenes cometidos desde los estamentos del estado y desconoce las pautas investigativas básicas en casos de vulneración de derechos humanos.
ANDAR en la justicia
(Agencia) Con lo resuelto este miércoles por la Cámara Federal de San Martín, prácticamente se retrotrae a foja cero el importante avance investigativo alcanzado por el fiscal Fernando Domínguez y la jueza federal de San Isidro Sandra Arroyo Salgado con respecto al procesamiento de Claudio Scapolan, el fiscal de San Isidro acusado de liderar una extensa asociación ilícita conformada por policías bonaerenses, abogados y funcionarios judiciales.
Cabe recordar que el pasado 4 de mayo se conoció la noticia de la suspensión preventiva del funcionario judicial por parte del Tribunal de Enjuiciamiento bonaerense en el marco del juicio político con el que se pretende su destitución.
Ese expediente tuvo origen, precisamente, en la investigación penal que desde 2016 tramita en la justicia federal por la vinculación de Scapolan con bandas del narcotráfico y agentes policiales en una asociación ilícita que, al menos entre 2013 y 2015, se habría dedicado al armado de causas, extorsión de imputados y reventa de drogas secuestradas en operativos policiales.
Ahora, con el fallo de la Cámara Federal de San Martín, integrada por Marcelo Fernández, Marcos Morán y Juan Pablo Salas, se abre un escenario preocupante y regresivo en materia de juzgamiento de los delitos cometidos por funcionarios públicos o por organizaciones delictivas enquistadas en el estado.
En efecto, los camaristas prácticamente hicieron suyos los endebles argumentos de la defensa de Scapolan respecto a la arbitrariedad y la falta de respaldo probatorio ejercido por el fiscal Domínguez y avalado por la jueza federal Arroyo Salgado.
Para esta CPM -que interviene en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura de la Provincia de Buenos Aires como querellante en la causa contra Scapolan- se trata de un fallo injustificado, que desconoce la magnitud y la calidad de la prueba recabada y la avanzada instancia a la que llegó el juicio político que podría terminar con la destitución del fiscal.
Asimismo, considera que, del análisis del procesamiento dictado por Arroyo Salgado se desprende una contundente evidencia respecto al rol que el fiscal de San Isidro cumplió en numerosos operativos de secuestro de drogas, así como en el armado de causas, extorsiones y tergiversación o falseamiento de instrumentos públicos como en los casos de las falsas denuncias telefónicas que dieron origen a su intervención en casos de secuestro de drogas.
Esto último se advierte en el segmento de la causa contra Scapolan conocido como “Anacona” –nombre de uno de los detenidos e imputados en la investigación-, en el que el fiscal Fernando Domínguez señala al fiscal de San Isidro como jefe de una asociación ilícita integrada por abogados penalistas, policías y funcionarios judiciales.
Esa banda, en diciembre de 2013, fraguó un falso llamado anónimo advirtiendo sobre el traslado de una carga de 481 kilos de cocaína para justificar y blanquear, a raíz de aquél “llamado”, la interceptación del traslado y la posterior apropiación de una parte de la droga incautada.
De acuerdo a la imputación, Scapolan no sólo sabía de la falsedad del llamado anónimo sino que también, y en base a un cúmulo importante de pruebas testimoniales, fotográficas y de entrecruzamiento de llamados telefónicos, coordinó presencialmente el operativo y la incautación de la cocaína y participó activamente de la apropiación de una parte de la carga.
Sin embargo, los jueces de la Cámara de San Martín consideran que, en realidad, los recuerdos y descripciones de quienes vieron al fiscal de San Isidro en el operativo son erróneos, no ajustados al aspecto físico real, al tiempo que juzgan la labor de la jueza Sandra Arroyo Salgado y del fiscal Domínguez como motivada por esfuerzos interpretativos al margen de la prueba recabada.
“No puede dejar de advertirse la grave y notoria contradicción en la que incurre el fiscal instructor (respecto a los testimonios en los que sustenta la imputación de Scapolan) y que recepta, sin más, la magistrada de grado”, señalan los magistrados de la Sala 1, y se amparan en la escasa cantidad y duración de los llamados telefónicos realizados por Scapolan el día y las horas previas al operativo.
“Con la evidencia hasta ahora reunida no es posible dar por cierto que el imputado, en los pocos minutos que duran las pláticas referenciadas (…), haya coordinado la sustracción del tóxico, planeado la logística necesaria para tal hazaña marginal, establecido los testigos que se utilizarían para ello, el destino que se le asignaría al secuestro y el rédito que se obtendría por el botín”, manifiestan los jueces de Cámara en un notorio esfuerzo interpretativo, mecanismo que a lo largo de toda su resolución le reprochan en más de 10 ocasiones a la jueza Arroyo Salgado y al fiscal Domínguez.
De allí que, en torno a la causa “Anacona”, concluyen que debe mantenerse el procesamiento dictado por Arroyo Salgado pero en forma parcial y sólo con relación a un delito menor -falsedad ideológica de documento público- respecto al cúmulo de delitos por lo que se lo investiga.
Por otro lado, en el segmento conocido como “Bustamante”, la Cámara Federal de San Martín también intervino en favor de Scapolan. Cabe aclarar que respecto a estos hechos se lo investiga al fiscal de San Isidro también por la falsedad respecto al origen de denuncias que luego se utilizaban para dar inicio a las pesquisas y justificar la actuación del cuestionado funcionario.
Además de ese delito se lo investiga por cohecho pasivo agravado; ser autor de sustracción de medios de prueba; coautor de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización doblemente agravada, entre otros delitos.
De esa manera, detrás de funciones y herramientas propias de su cargo se ocultaban los fines ilícitos de la estructura criminal integrada por policías de su jurisdicción. En este caso, la causa Bustamante intenta esclarecer y probar un pacto transaccional que giró en torno a la entrega de estupefacientes a la policía a cambio de la libertad de varias personas detenidas que fueran halladas con importantes cargas de droga.
Al igual que el apartado “Anacona”, este otro está conformado por un importante caudal probatorio y, sin embargo, para la Sala 1 de la Cámara Federal de San Martín tales elementos no resultan suficientes para ser sostenidos en la acusación por lo que revocaron la totalidad de los delitos imputados en “Bustamante”.
“La magistrada, a partir de la construcción hipotética elaborada por el fiscal instructor (Federal Domínguez), procura identificar selectivamente diversos indicios que abonan su teoría pero descarta aquellos que, en idéntico plano, la desnaturalizan; ello frente a la ausencia de prueba dirimente para lograr mantener la imputación en ciernes”, dijeron los jueces de la Sala 1, retomando la idea de la interpretación forzada que estaría aplicando Arroyo Salgado y el fiscal que instruye la causa.
Lo mismo ocurre con el segmento de la causa contra Scapolan conocido como “Santellán”, que contiene incluso videos en los que se ve a al fiscal de San Isidro recibir una bolsa, la misma que los narcotraficantes habrían utilizado para pagar una coima por 30.000 dólares a cambio de que no fueran allanadas dos viviendas operativas. Aquí los camaristas también decidieron revocar todas las imputaciones y dictar la falta de mérito.