SEMANA DE ALEGATOS El primer juicio por la Masacre de Quilmes llega a su fin
Esta semana expusieron sus alegatos el fiscal Claudio Pelayo y las querellas que representan a los particulares damnificados: las madres y padres de Elías, Diego, Miguel y Manuel, todos ellos adolescentes alojados en los calabozos de la comisaría 1° de Quilmes el 20 de octubre de 2004, el día del incendio que se cobró sus vidas. Los familiares, sobrevivientes del incendio y amigos de las víctimas realizaron una movilización previa hasta las puertas del TOC 3 reclamando justicia. Durante su alegato, el fiscal sostuvo la responsabilidad de los imputados y pidió condenas de entre 5 y 22 años. La Comisión Provincial por la Memoria, que oficia como veedora del proceso judicial, acompañó la movilización a los familiares.
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(Agencia) Durante su alegato, el Ministerio Público Fiscal sostuvo que durante las audiencias se expusieron gran cantidad de elementos probatorios (testimoniales y periciales) que permitieron acreditar detallada y fehacientemente los delitos que se le imputan a los diez policías: apremios ilegales, tormentos y –en el caso del comisario Soria– estrago culposo seguido de muerte y omisión de evitar tormentos. Para Pelayo, durante este mes y medio de debate judicial se han logrado reconstruir los hechos que se sucedieron en la comisaria 1° de Quilmes antes del incendio en horas de la tarde producto de la requisa vejatoria perpetrada a los jóvenes y lo sucedido con ellos durante y después del incendio fatal.
El fiscal repasó detalladamente punto por punto, destacando lo central de cada pericia y testimonio. “Durante la tarde, pudo conocerse que a raíz de un disturbio entre detenidos alojados en el calabozo 1 y 2 de la dependencia (calabozos que alojaban a 17 menores de edad de entre 15 y 17 años) el oficial Pedreira impuso una requisa pero no la hizo solo, sino en grupo con varios oficiales: Basilio Vujovich, Gustavo Altamirano y Franco Góngora” dijo. Esa requisa consistió en la aplicación sistemática de tormentos a varios de los muchachos; golpes, desnudos totales con piernas abiertas, caras y manos contra la pared, humillaciones, miedo, amenazas y verdugueos a los que fueron sometidos los chicos, tanto de uno como de otro calabozo. “Mientras Pedreira y otro oficial no identificado, propiciaron golpes y maltrato- cachiporrazos, golpes de puño, patadas- a los jóvenes, los demás oficiales ejercieron un dominio funcional sobre ellos. Por lo tanto, siendo funcionarios públicos, que tenían en custodia a los menores, infringieron apremios ilegales en perjuicio de los privados de la libertad con el agravante de que todos eran además niños”, expresó.
En relación al incendio y sus consecuencias, el fiscal describió cómo los menores solicitaron a los guardias ver a un juez de menores porque uno de ellos había recibido una notificación que lo había alterado mucho. Algunos testigos dijeron que Diego Maldonado había recibido una nota que decía que su hermanita había fallecido, pero no fueron escuchados. Esa negativa a atender las necesidades de los chicos motivó que los mismos llamaran la atención encendiendo uno o más colchones, provocando un incendio generalizado. Por lo ventilado en el debate, Pelayo consideró que “la ayuda no fue inmediata y a mi juicio no es justificable el retraso en la apertura del candado del calabozo para liberar a los jóvenes”. Por lo dicho en varios testimonios la policía tardó entre 15 a 20 minutos en abrir la puerta y las pericias del incendio arrojaron el dato de que los chicos estuvieron expuestos dentro del calabozo a una temperatura aproximada de 1200 C°. Como consecuencia de este retraso, los 10 menores que se encontraban dentro del calabozo 1 sufrieron gravísimas quemaduras en la piel, en las vías aéreas superiores, ahogos, asfixia en algunos casos por intoxicación con los gases tóxicos, desesperación, angustia, y secuelas psicológicas que, en los que sobrevivieron, perduran hasta la actualidad. Cuando los chicos fueron liberados comenzaron nuevamente los castigos. La “evacuación” del calabozo 1 al baño y luego a través de un cordón policial por el patio hasta la cocina del lugar implicó para los heridos: golpes, insultos, gritos, bastonazos y cachiporrazos en las pieles que se caían a “colgajos”. Luego, los chicos quemados fueron obligados a tirarse cuerpo a tierra en la cocina y los muchachos del calabozo 2 fueron arrojados sobre los cuerpos en carne viva. “Todas estas conductas infringidas a los jóvenes tienen consecuencias físicas y psíquicas. Todos sabemos que, ante una situación traumática, el dolor psíquico y moral tiene un padecimiento superior que las secuelas físicas. Desde mi punto de vista, todos los castigos que los menores sufrieron antes, durante y después del incendio son delitos de tortura.”, expresó Pelayo.
Un capítulo extenso de su alegato dedicó el fiscal a la conducta del ex comisario Soria, responsable máximo de la dependencia en ese momento. Además de que en el juicio pudo acreditarse su presencia en el lugar y cabal conocimiento de los disturbios de la tarde y del incendio, para la fiscalía Soria no adoptó ninguna medida necesaria para evitar o reducir los castigos a los chicos ni evitar situaciones de riesgo en la dependencia. Pudo comprobarse que la seccional no contaba con extinguidores en la zona de calabozos – sólo había dos en toda la dependencia: 1 en su oficina que no utilizó cuando escuchó fuego y otro en el primer piso en una oficina- sino sólo dos baldes con arena. “Soria tuvo una conducta omisiva y negligente” – aseguró Pelayo- “de un nivel de irresponsabilidad total del lugar a cargo”. Es material de prueba un acta del año 2003, realizada por el comisario anterior de la comisaría, que luego de una inspección realizada por expertos y bomberos, se solicitó se adecúen las instalaciones para evitar incendios y contener eventualidades. Esto era conocido por Soria, según la fiscalía, pero su actitud “fue indiferente” a esta situación. Recordó que cuando Soria declaró ante este Tribunal dijo que él había solicitado ante el Ministerio de Seguridad de la Provincia y a Infraestructura, se tomen medidas preventivas se seguridad extras, especialmente, extinguidores de incendio. El fiscal Pelayo le recordó al Tribunal que este pedido, que Soria efectivamente realizó, en realidad puede complicar más que atenuar su situación: la fecha de informe elevado por Soria es del 29 de octubre, días posteriores al incendio que fue el 20 de octubre de 2004.
“Todas estas prácticas nefastas fueron de total conocimiento del comisario y de los oficiales que estaban aquel día en el lugar”. Expresó que Elías Giménez, de 15 años, estaba detenido en la comisaría 1° por error ya que lo habían detenido por averiguación de antecedentes pero la policía buscaba a un homónimo y también dijo que la justicia había ordenado se custodien varios adolescentes que estaban esperando un traslado a centros de rehabilitación de adicciones. “Advierto una conducta de “abandono a su suerte”, advierto un “que se la banquen, por lo que hicieron”. Para mí esto, Sres.Jueces no puede quedar impune”, concluyó.
El ministerio público solicitó al Tribunal que las actuaciones sean giradas a la fiscalía que corresponda para iniciar una pronta investigación de los nuevos delitos que surgieron del debate pero que en su momento no fueron elevados en la investigación de primera instancia a cargo del fiscal Nievas Woodgate. “Esta fiscalía considera que deben ser revisados y juzgados en un futuro no muy lejano dada la calidad testimonial y el material probatorio que incrimina a los imputados por homicidios, torturas y malos tratos”, dijo.
Al final de su exposición, el fiscal Pelayo pidió 5 años de prisión y 10 años de inhabilitación para ocupar cargos públicos para Jorge Gómez, 7 años de prisión y 14 de inhabilitación para Humberto Ávila, 8 años de prisión e inhabilitación perpetua para Juan Pedro Soria, 9 años de prisión y 18 de inhabilitación para Elizabeth Grosso, Basilio Vujovich, Gustavo Altamirano y Franco Góngora, 15 años de prisión e inhabilitación perpetua para Hugo D’Elía y 22 años de prisión e inhabilitación perpetua para Fernando Pedreira. Asimismo, Pelayo reclamó que, en caso de ser condenados, los imputados sean detenidos inmediatamente para evitar “fugas” y cumplan prisión efectiva.
Las voces de las querellas
El jueves fue el turno de los alegatos de los abogados representantes de los particulares damnificados. En primer lugar tomó la palabra la abogada representante de la familia de Miguel Aranda, fallecido días del incendio. La Dra. Adriana Thevenon, expresó que apoyaba los argumentos esbozados por el Ministerio Público Fiscal pero, de acuerdo a su criterio, se deberían morigerar las penas de todos los imputados que sorprendió a toda la sala. Su alegato, desconocido hasta el momento por la familia Aranda, ya que consideró responsables a todos los policías por las humillaciones y tormentos a los que expusieron a los jóvenes, pero entendió que era un atenuante la declaración espontánea del imputado Humberto Ávila, señalado como uno de los torturadores de los jóvenes, ya que la misma “expresó lo que él realmente había vivido en aquel momento y que era valorable su actitud”, dijo la Dra. Thevenon ante el Tribunal. Asimismo, en relación al imputado Soria- acusado por apremios ilegales, tormentos y estrago culposo seguido de muerte y omisión de evitar tormentos- la abogada consideró que el delito que se le imputa se encuentra prescripto por el paso del tiempo, por lo que solicitó penas menores que la misma fiscalía para todos los imputados. Esa misma tarde la abogada fue visitada por la madre de Miguel Aranda y otros familiares y revocaron su poder como representante legal del particular damnificado.
El Dr. Rodolfo Yanzón, integrante de la Liga por los derechos del hombre, es el representante de las familias de los fallecidos Diego Maldonado (17) y Manuel Figueroa (17); también de Walter Aliendo, uno de los sobrevivientes de la Masacre de Quilmes. A su turno, el abogado recordó los primeros meses luego del incendio junto a la Dra. Cintia Castro, también integrante de la Liga, actualmente fallecida. “El día del velorio de Diego Maldonado, hace 11 años en Villa Itatí, la policía pasaba con el patrullero hostigando a la familia. Luego, vinieron amenazas, llamados de teléfono a los familiares y sobrevivientes. También recuerdo los dichos de Cintia cuando fue a ver a los chicos a los hospitales, el modo en que los tenían custodiados para que no hablen.”, comenzó diciendo en su alegato. Según Yansón existe una práctica estatal sistemática manifestada en la conducta de los imputados y que el paso del tiempo fue perjudicial para que haya una condena por las víctimas fatales. El abogado responsabilizó al fiscal de instrucción Nievas Woodgate de “cómplice de los torturadores”: “tardó 4 años en elevar el requerimiento de esta causa a juicio. “Durmió” los testimonios y las pruebas, especuló con el cansancio de las mamás; también habló de “grupos de enfrentamiento cuando se refirió a los niños y a los policías. Creo que pasó todos los límites de la insolencia. Jamás se puede poner en duda la palabra de una víctima de violencia y/o tortura. Nievas Woodgate omitió toda legislación nacional e internacional al respecto. Los policías están obligados a no torturar y en todo caso, si son testigos, están obligados a denunciar la tortura”, expresó.
Para esta querella los tormentos padecidos por los jóvenes son claros delitos de tortura, tanto física como psicológica, con el agravante de que las víctimas eran todos menores de edad privados de su libertad. Además, el abogado explicó que este tipo de delitos no prescriben porque son claras violaciones a los derechos humanos, aunque no sean de lesa humanidad, y citó el fallo del caso Bulacio como antecedente.
La querella adhirió al alegato fiscal y solicitó mayores penas para los imputados por todos los delitos que se derivan de esta causa. También adhirió al pedido- en caso de un fallo condenatorio- de detención inmediata ante la posibilidad de fuga de los imputados; solicitó se investiguen los nuevos delitos ventilados en el juicio, se tome testimonio a los policías nombrados que no fueron imputados en esta oportunidad y, solicitó se investigue la conducta y actuaciones del fiscal Nievas Woodgate por encubrimiento.
A su turno, el Dr. Mariano Bergés, representante de la familia de Elías Giménez, el chiquito de 15 años detenido por error (la policía buscaba a un homónimo mayor de edad), solicitó la pena de cadena perpetua por homicidio calificado para el ex comisario Soria y los oficiales Pedreira, Altamirano, Ávila y Góngora. Para los demás imputados adhirió el pedido de penas de la fiscalía. Esta querella sostuvo que los hechos deberían haber sido imputados de otra manera desde los inicios, ya que fallecieron 4 jóvenes en un incendio donde hubo ex profesa tardanza en abrir la puerta del calabozo. Pese a que el Tribunal ya había observado con anterioridad que el pedido del particular damnificado era improcedente porque el mismo no está facultado para solicitar el cambio de carátula de la causa, el pedido fue realizado de igual manera por el letrado.
Los alegatos a cargo de la defensa serán escuchados por el TOC 3 el próximo miércoles 4 de octubre a las 10 hs.
En Andar toda la cobertura del juicio:
Los responsables responsabilizaron a las víctimas
Testimonios:
Telvi: “Decime qué pasó con Diego Maldonado”
Manuel estaba en la comisaría porque no había cupo en un centro de adicciones
Marcelo López, el papá de uno de los sobrevivientes
La inspección ocular: Los gritos podían escucharse desde todas partes
Las voces de las víctimas: declararon los sobrevivientes
Testimonio exclusivo: Pelagio Giménez, el papá de Elías
Cómo comenzó el juicio: Romper el silencio