OPINIÓN Día de la Diversidad Cultural: lindas palabras que la realidad no expresa
La abogada Mariana Katz, directora del programa Pueblos Originarios y Migrantes de la CPM, aborda la continuidad de las postergaciones a los derechos de las comunidades preexistentes y el desfasaje vigente entre el reconocimiento constitucional de la reforma de 1994 y la realidad material actual de los pueblos en Argentina
Por Mariana Katz
Antes de 1994 era una atribución del Congreso de la Nación conservar el trato pacífico con los indios y promover la conversión de ellos al catolicismo (art. 67 inc. 15 CN). Dicha norma denota una sociedad monocultural y una cultura hegemónica.
A raíz de la reforma que se le realiza a la Constitución Nacional en aquél año, los convencionales constituyentes introducen como atribuciones del Congreso de la Nación “La preexistencia étnica y cultural de los Pueblos. Garantiza el respeto a su identidad. Crea el derecho a una educación bilingüe e intercultural. Reconoce la personería jurídica de las Comunidades. Posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan, para el caso de que estas no sean aptas, el Estado debe entregar otras suficientes para el desarrollo de sus pautas culturales. Determina la inembargabilidad y además especifica que la tierra esta libre de impuestos. Asegura la participación en la gestión de los recursos naturales. Asegura la participación en los demás intereses que les afecten. Las Provincias pueden ejercer de manera concurrente todas estas atribuciones” (art. 75 inc. 17) y “Dictar leyes que protejan la identidad y pluralidad cultural” (art. 75 inc. 19).
Estas normas determinan un paradigma totalmente opuesto a lo que disponía la Constitución anterior y ello se logró gracias al esfuerzo realizado por los propios indígenas, quienes generaron incidencia en los convencionales constituyentes.
A casi 20 años de la reforma, y desde el punto de vista del cambio de perspectiva en relación al vínculo que los Estados (nacional, provinciales y municipales) deben tener con los Pueblos Originarios y con sus miembros, en la realidad, las palabras de la Constitución son el camino a construir.
En ese sentido, en septiembre del 2010 el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto Nº 1584/2010 por el cual se dispuso modificar la denominación del “Día de la Raza” por el de “Día del Respeto de la Diversidad Cultural”, lo cual supone dejar atrás la conmemoración de la conquista de América y el proceso de “homogeneización cultural” que sólo valoró la cultura europea, para dar paso al análisis y a la valoración de la inmensa variedad de culturas que los pueblos indígenas y afrodescendientes han aportado y aportan a la construcción de la identidad del país.
Lamentablemente, esto no se condice con los conflictos que afrontan las comunidades de los diferentes Pueblos de nuestro país, ya que a lo largo y a lo ancho del mismo nos encontramos con los incumplimientos de la ley 26.160 y sus prórrogas, la cual implica que no se hayan demarcado los territorios indígenas, algo que genera inseguridad jurídica para las comunidades que habitan en sus territorios.
Ello se debe a que los Estados toman decisiones sobre las áreas en donde habitan las comunidades para autorizar a empresas a que se entrometan en los territorios para el desarrollo de algún tipo de actividad económica extractivista.
Otro de los problemas es la falta de reconocimiento de los derechos de consulta, el cual es la puesta en práctica de la autodeterminación de los pueblos originarios.
Éste derecho asegura la participación en la gestión de los recursos naturales que se encuentren en los territorios comunitarios, como así también en todos los demás intereses que se les afecte: un ejemplo de ello es el Proyecto de modificación del Código Civil, el cual se realizó sin la debida consulta pertinente a los Pueblos Indígenas Argentinos.
Además de lo mencionado anteriormente, tampoco se ha llevado una política pública tendiente a cumplir con la ley 25.517, por la cual se debe restituir a las Comunidades indígenas los restos mortales de miembros de pueblos indígenas que se encuentren en museos y/o colecciones públicas o privadas.
Como se puede ver por los problemas planteados, los Estados no han generado políticas públicas a fin de dar respuestas a los conflictos que se generan día a día debido a la falta de decisión política de cumplir con la normativa de la Constitución Nacional y de los Tratados Internacionales vinculados a la protección de los Derechos Humanos de los Pueblos Originarios.
Marcha de los Pueblo Originarios en Capital Federal
El viernes 11, en conmemoración del último día de libertad de los Pueblos Originarios y con la consigna contra el empobrecimiento de las comunidades, la discriminación y el racismo, se realizará una marcha a Plaza de Mayo de la que participarán organizaciones sociales, sindicales y de derechos humanos, además de la Mesa de Pueblos Originarios de Capital y provincia de Buenos Aires, el Consejo Plurinacional Indígena, Resistencia Qom, la Comisión de Juristas Indígenas de la República Argentina, entre otros colectivos de comunidades originarias.
“Hacemos un llamado a todos los sectores y personas de la sociedad argentina a ser críticos con este modelo extractivita, injusto y depredador. Por la devolución de los territorios usurpados. Derogación de la Ley Antiterrorista. Unirse para debatir la refundación de éste Estado al cual consideramos obsoleto, que ha cumplido un ciclo y que ha quedado demostrado que esta democracia no es suficiente para crear relaciones más justa, plural, igualitaria, que responda a la necesidad de poner en ejercicio la diversidad cultural existente capaz de sostener y proyectar el Buen Vivir para los Pueblos”, señala la convocatoria.