Contra la Baja de la Edad de Imputabilidad
Por Angela Oyhandy*
En las últimas semanas se ha instalado nuevamente la propuesta de bajar la edad de imputabilidad penal a los 14 años, en el marco de la creación de un Régimen Penal Juvenil. Como en el pasado, la coyuntura electoral es el contexto en el cual se presenta esta iniciativa que busca conectar con las demandas sociales de mayor castigo a los jóvenes. Pero, al igual que en el año 2011, el panorama aparece algo confuso para quienes se encuentran más alejados de estos temas ya que esta propuesta no sólo es apoyada por los habituales voceros de la mano dura sino que encuentra algunos partidarios que señalan que mejorará los derechos y garantías de los jóvenes.
[pullquote]En la provincia de Buenos Aires un porcentaje muy bajo en torno al 4, 3 % de las investigaciones penales tienen como protagonistas a menores de edad[/pullquote]
Frente a este cuadro de situación y a riesgo de simplificar la cuestión es importante distinguir entre dos tipo de adhesiones a esta idea. En primer lugar están aquellos que consideran que el delito de los jóvenes es el principal problema en materia de seguridad. Incluso altos funcionarios del Ministerio de Seguridad Federal se han expresado en este sentido. Para confrontar estos discursos los datos son contundentes, en provincia de Buenos Aires, un porcentaje muy bajo, en torno al 4, 3 % de las investigaciones penales que se inician tienen como protagonistas a menores de edad. Pero aunque se tratara de un problema de mayor relevancia numérica es fundamental remarcar que la aplicación de respuestas punitivas nunca ha servido para prevenir ni disminuir los delitos. Pero también existen apoyos de otro orden a este proyecto. Aquellos que destacan la necesidad de establecer un régimen penal juvenil capaz de garantizar derechos y garantías a los jóvenes actualmente no punibles, pero que de hecho son captados por el sistema penal. En este caso, quienes apoyan la baja consideran que incluir a estos jóvenes dentro de un régimen penal juvenil los dejará en mejores condiciones en su tránsito por el sistema penal.
Aquí, es necesario realizar dos consideraciones. La primera, más general, destaca la importancia de tener en cuenta que toda ampliación de la capacidad punitiva del estado, debe ser utilizada como una última opción. No es prudente legislar pensando en un grupo específico (por ejemplo los jóvenes actualmente no punibles encarcelados en el marco de medidas de seguridad en la provincia de Buenos Aires), si el tipo de norma que se generará, extenderá el alcance del sistema penal para todos los jóvenes a partir de los 14 años. Sabemos que los usos prácticos de las leyes trascienden las intenciones del legislador. Es preciso mirar la trama que las leyes configurarán, más que las fundamentaciones filosóficas. En segundo lugar, es posible argumentar a partir de la confrontación con el sistema penal realmente existente. Frente a quienes exaltan las bondades de la responsabilización subjetiva que el proceso penal habilita, es necesario recordar la incomprensión y violencia simbólica que el ritual judicial genera.
[pullquote]Es preciso mirar la trama que las leyes configurarán[/pullquote]
La experiencia de trabajo desde la extensión universitaria con jóvenes cumpliendo medidas alternativas al encierro, nos permitió conocer que la mayoría no comprende el estado en que se encuentra su causa, ni su propia situación legal , ya que las interacciones están formuladas en un tecnicismo de difícil traducción para lo no expertos. Y si nos remitimos a la experiencia en las instituciones de encierro, no sólo debemos desmentir la capacidad educadora y restauradora de derechos de las mismas, sino que es preciso hablar de la violencia institucional.
Líneas abajo, recupero la declaración del Consejo Directivo de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, que fue el producto del debate de profesores, investigadores, extensionistas, estudiantes y graduados (PARA DESCARGA AL FINAL DE ESTA NOTA). Los argumentos continúan vigentes con relación al proyecto actual y pretenden aportar al debate sobre el tema. La negativa a la baja en la edad de imputabilidad, no pretende menospreciar la importancia de avanzar hacia un régimen penal juvenil para los jóvenes que ya están incluidos en el régimen de imputabilidad (16-17). Más aún, destacamos la importancia de avanzar en este sentido, pero es necesario reafirmar que el sistema penal nunca pudo y nunca podrá aportar soluciones justas a los problemas derivados de la desigualdad social.
* Angela Oyhandy es Socióloga y Dra. en Ciencias Políticas y Sociales de la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, UNLP. Además integra el Programa de Seguridad democrática de la CPM
[wpfilebase tag=file id=30 /]