LA JUEZA VALORÓ LOS INFORMES TÉCNICOS APORTADOS POR LA CPM Condenaron por severidades, vejaciones y apremios ilegales al ex subdirector del centro cerrado Copa
Tras poco más de dos semanas de debate oral la jueza Lidia Moro, provisionalmente a cargo del Juzgado correccional 3 de La Plata, resolvió condenar al imputado Juan José Fallesen a la pena de 3 años de prisión e inhabilitación especial por “el delito de severidades, vejaciones y apremios ilegales a presos calificado por el hecho de cometerse con amenaza a la persona y generarse un grave daño a la salud, en este caso es a la salud mental, en concurso real con delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público”. La magistrada enfatizó en su veredicto que con las declaraciones y los informes técnicos de las psicólogas y de otras profesionales de la CPM (médicos, trabajadores sociales, entre otros) -que acompañaron a las víctimas desde abril de 2016- “pruebo los daños psíquicos padecidos por los jóvenes”.
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(Agencia) “Conforme ha quedado demostrado en esta causa Juan José Fallesen resulta ser coautor penalmente responsable” del delito de severidades, vejaciones y apremios ilegales, consideró la jueza Lidia Moro, provisionalmente a cargo del Juzgado Correccional 3 de La Plata, en su fallo difundido a las partes este lunes 23 de agosto.
En sus fundamentos la magistrada tomó en cuenta las declaraciones testimoniales de las víctimas que durante el debate reconstruyeron la persecución por parte de cinco funcionarios del centro cerrado Copa y que comenzaron a golpearlos antes de subirlos a la caja de una camioneta.
“Después vino otra camioneta, era el señor Fallesen, lo se porque la Hilux era de él (…) baja con una pistola y dice que nos carguen en la caja. Nos ponen uno arriba del otro y nos llevan a la cancha del instituto, que es la parte de atrás. Nos iban pegando, Fallesen manejaba la camioneta y les decía desde la ventanilla ‘dale, sacale foto que ahora la familia no lo va a ver más’”, recordaron coincidentemente los jóvenes, que en el momento de los hechos ventilados tenían menos de 18 años.
También la jueza valoró los informes técnicos y declaraciones testimoniales de las y los profesionales de la CPM que desde el mismo momento de los hechos, en abril de 2016, asistieron a los jóvenes víctimas de la violencia y las amenazas en el centro cerrado Copa y presentaron el habeas corpus que dio origen a la causa que ahora se acaba de juzgar.
En ese sentido, remarcó los testimonios de las psicólogas Cristina Bidart y Paula Ruiz, quienes acompañaron a tres de las víctimas y formularon una evaluación del impacto y el daño por los hechos de violencia padecidos. Las profesionales diagnosticaron en todos los casos estrés post traumático con síntomas como “la rememoración del
suceso, recuerdos que aparecen sin que el propio sujeto los llame, sueños angustiantes, síntomas evitativos, irritabilidad, mal humor y el intento de quitarse la vida”. Además, las psicólogas de la CPM describieron el dolor de cabeza constante en las víctimas, dolores físicos, consumo de ansiolíticos en algunos casos, entre otras consecuencias en su salud.
Respecto a los agravantes, la jueza Moro coincidió con el pedido formulado por la querella representada por la CPM: en su veredicto consignó el carácter de funcionario público de Fallesen, las amenazas y el grave daño a la salud, y las circunstancias de nocturnidad, edad de las víctimas –todas menores de 18 años-, el tiempo y el grado de
padecimiento y la utilización de armas.
Por otra parte, como atenuantes evaluó la carencia de antecedentes y la buena conducta del imputado, que “ha comparecido a todas las audiencias del debate y ha tenido un trato respetuoso”.
Por estas consideraciones, el veredicto fue condenatorio respecto al imputado Juan José Fallesen, ex subdirector del centro cerrado Copa, por haber sido hallado responsable por el “delito de Severidades, vejaciones y apremios ilegales a presos calificado por el hecho de cometerse con amenaza a la persona y generarse un grave
daño a la salud, en este caso es a la salud mental, en concurso real con delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público”.
Y en virtud de los agravantes y atenuantes considerados, Fallesen fue condenado a la pena de 3 años de prisión –la mitad del tiempo que había pedido la querella representada por la CPM- e inhabilitación especial por el doble de tiempo y el pago de las costas del proceso.
Desde el Programa de Litigio Estratégico manifestaron que “más allá del monto de la condena, resulta destacable la valoración judicial de la palabra de los jóvenes víctimas, de sus familiares como también de los distintos programas de la CPM, hoy Mecanismo Local de Prevención de la Tortura en nuestra Provincia. Sin la exhaustividad del monitoreo de lugares de encierro, registro de prácticas vulneratorias de derechos humanos, su denuncia y el patrocinio jurídico en las causas, es impensable que casos como estos pudieran obtener su juzgamiento”.