DOLOR Y BRONCA DE TESTIGOS Y FAMILIARES DE LAS VÍCTIMAS CNU La Plata: perpetua para el “Indio” Castillo y absolución a Pomares
En una breve e interrumpida jornada de lectura de sentencia en el juicio por los crímenes de lesa humanidad cometidos por la organización de extrema derecha Concertación Universitaria Nacional (CNU) en coordinación con agencias estatales, lo que parecía un final ajustado a la verdad histórica y a la justicia postergada terminó convirtiéndose en sorpresa, dolor e impotencia para los sobrevivientes, familiares de víctimas y organizaciones presentes. La CPM aportó para este juicio documentación del archivo de DIPPBA.
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(Agencia) Después del mediodía del martes 29, en la sede del Tribunal Oral Federal 1 de La Plata -calle 8 entre 50 y 51- los magistrados Germán Castelli, Pablo Vega y Alejandro Daniel Smoris se presentaron a la sala de audiencia para la lectura de la sentencia.
En el interior del recinto había más de 100 personas apiñadas; en el hall, otro centenar intentaba oír la voz del presidente del tribunal que llegaba de los parlantes. Afuera del edificio, decenas de organizaciones sociales, sindicales, políticas y de derechos humanos seguían los pormenores aguardando el final del juicio.
Luego de anunciar la nulidad de los planteos de prescripción solicitados por la defensa de Castillo (en función de la imprescriptibilidad de los delitos ventilados) y la declaración por unanimidad del carácter de lesa humanidad que revisten los hechos juzgados, el magistrado Castelli anunció la pena de prisión perpetua para Carlos “el Indio” Castillo, líder de la organización clandestina CNU en La Plata y responsable como coautor material de homicidio doblemente calificado, por la alevosía y el concurso de dos o más personas, reiterado en varias oportunidades en perjuicio de Leonardo Miceli, Antonio Domínguez, entre otras víctimas.
En el fallo se aclara que todos los delitos cometidos por Castillo concurren materialmente entre sí, e incluyen además las amenazas y privación de la libertad. Sobre Castillo, la condena tuvo una disidencia parcial del presidente del tribunal, Castelli, en cuanto a la calificación legal.
Hasta ese momento, en la sala se oían expresiones de satisfacción por parte de familiares de víctimas y sobrevivientes que debieron esperar cuatro décadas para que se hiciera justicia. Sin embargo, inmediatamente se dio lectura a la sentencia respecto a Juan José Pomares, otra de las caras visibles de la organización y que fuera empleado de la legislatura bonaerense en democracia, juzgado también por homicidio doblemente calificado, entre otros delitos, en perjuicio de Hugo Dinotto y Graciela Martini.
“Absolviendo a Juan José Pomares por aplicación del beneficio de la duda…”, leyó el presidente del tribunal, y a partir de allí hubo unos instantes de silencio incrédulo, algunas voces de rechazo que emergieron unas detrás de otras a medida que la sala completa comprendía el alcance del fallo, y finalmente la bronca, la impotencia y el desgarro de la mayoría que asistía a semejante noticia. “Disponer su inmediata libertad”, llegó a decir Castelli, antes de tomar sus hojas y levantarse junto a los dos vocales que abandonaron la sala de audiencia en pocos segundos.
Los familiares y amigos de Castillo y Pomares comenzaron a celebrar efusivamente y a realizar gestos hacia sobrevivientes, familiares de víctimas y público en general, quienes estaban ubicados en la misma sala, a centímetros de ellos. Por eso fueron rápidamente sacados del recinto, y quienes quedaron dentro homenajearon y recordaron a las víctimas cuyos casos fueron examinados en el juicio.
Marta Vedio, abogada de la APDH y parte de la querella en este juicio, señaló que «por supuesto que cuando se conozcan los fundamentos de la sentencia vamos a recurrir a Casación y a todas las instancias necesarias para que se revea esta absolución, que es injusta, ilegítima y no se ajusta a las pruebas de la causa. Antes de que se leyera el punto de la absolución, ya había indicios de que ese sería el fallo contra él, por ejemplo con la nulidad de varios reconocimientos fotográficos».
«Me parece también que hay que tener cuenta quién es cada uno de los juzgados: hoy Castillo es un ‘lumpen’, está solo, no continúa militando ni está en ninguna parte, no es nadie para la sociedad. En cambio Pomares sigue teniendo fuerte arraigo en el Partido Justicialista. La gente que hace 2 o 3 años salió a juntar firmas en el Senado y Diputados para defenderlo está operando claramente sobre la justicia», agregó Vedio.
Los crímenes contemplados en el juicio
La causa implica una serie de delitos cometidos por la CNU en tres operaciones parapoliciales realizadas el 12 de febrero, el 4 de abril y el 19 de abril de 1976. En este sentido, entre el 3 de abril y el 4, la patota de la CNU secuestró a Néstor Hugo Dinotto, Graciela Martini, Daniel Pastorino y su mujer Adelaida Barón, interceptados todos mientras viajaban en un auto por la localidad de Villa Elisa, próxima a La Plata.
Dos víctimas resultaron liberadas, pero Di Noto y Martini fueron asesinados al día siguiente y sus cuerpos hallados con gran cantidad de proyectiles.
En el caso de Domínguez, Fiandor y Miceli, el marco de sus secuestros tuvo que ver con una serie de acciones sindicales que desde fines de 1975 y durante los primeros meses de 1976 llevaron a cabo los trabajadores del Hipódromo de La Plata, y cuyas actividades eran seguidas de cerca por la CNU, encargada principalmente de amedrentar y perseguir las luchas sindicales bajo el paraguas del entonces gobernador Victorio Calabró.
De las tres víctimas, sólo Fiandor pudo salvarse luego de escapar del Torino en el que lo llevaban secuestrado durante el trayecto a Magdalena.