HACINAMIENTO Y ENCIERRO EXTREMO Clausuran el único calabozo de la Comisaría de San Pedro que estaba habilitado para alojar personas
El Juzgado de Garantías N° 1 de San Nicolás clausuró el calabozo 1 de la Comisaría de San Pedro y mantuvo la clausura que pesa desde hace varios años sobre los otros dos calabozos de la dependencia. La medida fue tomada a partir de un habeas corpus por el agravamiento de las condiciones de detención presentado por la Comisión Provincial por la Memoria tras una inspección en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura. La comisaría tenía cupo para 4 personas que era permanentemente excedido, llegando a haber incluso hasta 19 detenidos. Hacinamiento, falta de ventilación y luz natural, cloacas desbordadas, y encierro de 24 horas en las celdas sin posibilidad de realizar actividades o salir al patio.
ANDAR en San Pedro
(Agencia Andar) Si bien la crítica situación se extiende en toda la provincia, el caso del departamento judicial de San Nicolás, que abarca esa ciudad y las de San Pedro, Ramallo, Capitán Sarmiento, Baradero y Arrecifes, es particular: tras la clausura de la comisaría de San Pedro, la Comisaría Primera de San Nicolás es la única dependencia policial habilitada en toda la jurisdicción para alojar detenidos.
La comisaría de San Pedro tiene tres calabozos, dos de ellos con órdenes de clausura vigentes desde el 2009 y 2022, el único que aún podía alojar personas fue clausurado por el juez de garantías Román Parodi en el marco de un habeas corpus colectivo y correctivo presentado por la CPM, tras una inspección realizada en los últimos días de octubre.
De acuerdo a la denunciada presentada por el organismo, que es el Mecanismo local de prevención de la tortura de la provincia de Buenos Aires, la dependencia policial presentaba pésimas condiciones materiales de detención y un régimen de vida inhumado y degradante.
El calabozo que permanecía habilitado estaba compuesto por dos celdas y un baño, poseía tres camastros de cemento y tenía un cupo de alojamiento de cuatro personas, sin embargo esa capacidad era permanentemente excedida. Al momento de la inspección había 6 personas detenidas pero, entre el inicio del habeas y la resolución, los partes policiales indicaron que en esas semanas llegó a haber hasta 19 personas alojadas en ese lugar. Esto implicaba niveles críticos de sobrepoblación y hacinamiento; la gran mayoría debía dormir en el suelo o turnarse para dormir e, incluso, por la falta de espacio físico en las celdas muchos debían dormir directamente en los pasillos de la comisaría.
El calabozo presentaba además una grave condición edilicia: las paredes del calabozo tienen humedad y no posee ventana, sólo una abertura enrejada a la altura del techo que apenas dejaba pasar luz natural y aire; por la falta de ventilación y el hacinamiento, el piso de las celdas estaba constantemente mojado. Las cloacas estaban desbordadas y la dependencia no tenía gas, por lo cual los detenidos debían bañarse sólo con agua fría.
En esas condiciones permanecían encerrados las 24 horas del día, sin posibilidad de salir a un patio externo o realizar actividades recreativas. La alimentación era igualmente deficiente, las viandas provistas por los funcionarios policiales solían llegar congeladas y con mal olor. Tampoco la atención de salud se garantizaba y muchas de las personas detenidas refirieron que no les proveían medicamentos, ni siquiera aquellos que estaban prescriptos por orden médica.
En la entrevista con el equipo de la CPM, las personas declararon que la comunicación con el exterior se veía obstaculizada por la mediación de los funcionarios policiales, ya que ellos debían pasar el mensaje de manera verbal al personal de guardia, que era el encargado luego de pasar el mensaje a sus familias o funcionarios judiciales.
A los padecimientos que se derivan de estas graves condiciones de detención, se sumaba la existencia de requisas vejatorias dos veces por semana. El personal del GAD los obligaban a desnudarse y durante el operativo era frecuente que les rompieran y robaran pertenencias. “Entrás de nuevo y está la yerba y el azúcar desparramada por todo el piso” o “si encuentran camperas o abrigos se lo llevan”, fueron algunos de los testimonios relevados por la CPM.
Tras la presentación del habeas corpus, el titular del Juzgado de Garantías N°1 ordenó una serie de pericias a profesionales de la Asesoría Pericial dependiente de la Corte Bonaerense; en ese marco, el informe del perito arquitecto concluyó: “Aunque el sector se considere un lugar de tránsito, no cuenta con las condiciones mínimas de habitabilidad y dadas las falencias edilicias, no admite el alojamiento de detenidos cualquiera sea el número, poniéndose de manifiesto la necesidad urgente de encarar una serie de reformas”.
Cabe destacar que si bien las comisarías son lugares de tránsito, al momento de la inspección había personas que llevaban hasta 10 días detenidos en esas condiciones. Por otro lado, también se comprobó durante el litigio que, a pesar de tener órdenes vigentes de clausura, durante este tiempo se alojaron personas en los calabozos inhabilitados.
En todos los casos, los profesionales constataron las graves condiciones, tanto en lo material como en el régimen de vida, denunciadas por la CPM. Tras cumplir con esos pasos, el juez Román Parodi aceptó el habeas corpus y clausuró la comisaría por considerar que “no es apta por sus paupérrimas condiciones de mantenimiento e higiene, por lo que alojar allí a personas importa someterlas a condiciones de vida indigna e inhumanas”.
La resolución del juez Parodi ordena, en consecuencia, la prohibición de alojamiento de personas detenidas en la comisaría hasta tanto no se dejen sin efecto las medidas de clausura que pesan, ahora, sobre los tres calabozos de la dependencia.
El juez instó, a su vez, al Ministerio de Seguridad bonaerense para que arbitre los medios necesarios para realizar las obras de refacción, adjuntó a tal fin el informe del perito arquitecto y requirió a las autoridades ministeriales que en el plazo de 15 días presente el plan de obras.