DETENCIONES SIN ORDEN JUDICIAL, SECUESTROS Y TORTURAS Clausuran una comunidad terapéutica ilegal de Tortuguitas
En el marco de internaciones ilegales y sin consentimiento de las víctimas, desde julio de 2021 hasta comienzos de 2023 murieron tres personas en la comunidad terapéutica Centro Victoria de la localidad de Tortuguitas. El lugar nunca fue habilitado por la Provincia ni por el municipio y hasta comienzos de este mes permanecían alojadas allí más de 60 personas (4 menores de 18 años) en gravosas condiciones edilicias bajo regímenes de severos castigos físicos, maltrato psicológico y torturas, con deficiente alimentación y sin tratamiento médico o psiquiátrico, entre otros padecimientos. Este cuadro fue registrado y denunciado por la Comisión por la Memoria (CPM) en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, en la inspección realizada al lugar, luego del cual se requirió y efectivizó su clausura de parte del municipio de Malvinas Argentinas. La justicia provincial no intervino con la urgencia que el caso requería.
ANDAR en la Justicia
(Agencia) La comunidad terapéutica Centro Victoria funcionaba de manera clandestina, sin habilitación municipal ni provincial; secuestraba ilegalmente a sus usuarios con métodos brutales que van desde golpizas hasta ingesta forzada de psicofármacos y sin el consentimiento de sus víctimas.
El espectro de vulneraciones no termina allí: durante la inspección realizada el 6 de junio en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, la CPM relevó la falta casi total de atención médico clínica, explotación laboral y reducción a la servidumbre, medicación forzada como forma de castigo e inexistencia de tratamientos terapéuticos, pésimas condiciones de alojamiento, y aplicación de torturas y malos tratos, entre otras graves violaciones de derechos humanos.
Varias de las personas entrevistadas fueron reducidas violentamente, sedadas y llevadas a la institución en contra de su voluntad de manera ilegal sin ningún tipo de intervención de un órgano judicial o de ningún organismo estatal.
Asimismo, no existía registro de un criterio justificado terapéuticamente, no había evaluaciones interdisciplinarias al momento del ingreso, no se les permitía retirarse del lugar y algunas permanecían encerradas bajo llave. Ni siquiera el personal a cargo de la comunidad conocía el número exacto ni contaba con un listado de nombres de las personas allí internadas.
La institución no contaba con ningún tipo de actividad terapéutica ni de laborterapia y las salidas se reducían a ir a una plaza cercana a jugar al fútbol, una práctica a la que tampoco tienen acceso todas las personas alojadas.
Por otro lado, durante el monitoreo se constató el alojamiento en la institución de cuatro personas menores de 18 años sin que exista ninguna intervención de un órgano judicial que controle la legalidad de su internación, ni criterio diferencial respecto a su alojamiento en los mismos espacios que las personas adultas.
Las golpizas, las sanciones vejatorias y denigrantes –como la obligación de tener que lavar la ropa de otras personas internadas a quienes denominaban “patológicos”, por presentar padecimientos mentales definidos por diagnósticos psiquiátricos, y quienes en muchos casos no contenían esfínteres-, los encierros prolongados, la falta de atención médica, las amenazas para quienes llegaran a contar detalles a sus familiares, entre otras situaciones registradas por esta CPM dan cuenta del complejo e inhumano sistema de secuestro y detención ilegal al que estaban expuestas más de 60 personas hasta la clausura de la institución. La práctica sistemática de la tortura era la organizadora de la vida cotidiana del lugar.
Frente a tal escenario se presentó un habeas corpus colectivo ante la Cámara de Apelación y Garantías de San Martín, integrada por los jueces Sergio Pilarche, Javier Mariani y Patricia Toscano, que debía ser derivado por sorteo a un juzgado de Garantías de ese departamento judicial. Sin embargo, la Cámara resolvió de manera arbitraria –infundada y erróneamente- desestimar el habeas corpus y dar intervención a la fiscalía 23 de Malvinas Argentinas para que evaluara los hechos como si hubieran sido presentados mediante una denuncia penal.
En el marco de ese trámite judicial, la fiscal Silvia Bazzani ordenó el allanamiento de la institución. En ese momento, la CPM se contactó con la agente Fiscal para transmitirle la necesidad de dar intervención al Ministerio de Salud- en su carácter de aplicación de la Ley de Salud Mental- a los fines de garantizar las evaluaciones y derivaciones pertinentes.
A partir de esto, la Fiscalía solicitó la intervención de la Municipalidad de Malvinas Argentinas quien, desde el Área de Asuntos Legales, se constituyó en el lugar. Y luego dispuso la clausura administrativa del lugar, a la espera de su confirmación por la justicia de paz. Las personas que estaban allí alojadas se retiraron del lugar con sus familiares y otras fueron derivadas al Hospital Carrillo a los fines de ser evaluadas interdisciplinariamente para definir si requerían internación.
En el marco de ese trámite judicial, la fiscal Silvia Bazzani convocó al Municipio de Malvinas Argentinas que participó del allanamiento a la clínica y al constatar las graves vulneraciones derechos decidió derivar a las personas y clausurar administrativamente la institución cuestionada. En ese contexto, la CPM le transmitió a la Fiscalía la necesidad de dar intervención al Ministerio de Salud a los fines de garantizar las evaluaciones y derivaciones pertinentes. Finalmente, todas las personas fueron relocalizadas en domicilios de sus familias o en el Hospital Carrillo, según la necesidad o no de que fueran evaluadas.
De esta manera, si bien el objeto principal del habeas corpus se logró –la clausura de la Comunidad Terapéutica y el cese de la vulneración de derechos para las más de 60 personas allí internadas-, el camino para alcanzarlo no fue por la vía judicial a pesar del funcionamiento clandestino de la institución y la diversidad y multiplicidad de delitos que allí se habrían cometido, sino por la rápida intervención del Municipio.
Previo a la realización de la jornada de monitoreo, el 31 de marzo la CPM había solicitado reiteradamente a la Dirección Provincial de Registro y Fiscalización Sanitaria del Ministerio de Salud de la provincia información relativa a la habilitación, registros y antecedentes respecto al Centro Victoria, que informó que no existía documentación ni inscripción de la comunidad consultada.
Incluso, cinco días antes de la inspección de la CPM, fiscalizadores del Ministerio de Salud habían estado en la clínica y, a pesar de constatar su funcionamiento ilegal y la gravedad de las condiciones de internación, no sólo no tomaron ninguna medida resguardo sino que facilitaron los trámites para que la institución presente los papeles para su habilitación.
Para esta CPM, los hechos de la comunidad terapéutica Centro Victoria demuestran la continuidad de prácticas ilegales en torno al funcionamiento en la provincia de Buenos Aires de los dispositivos que alojan personas, en su gran mayoría para el tratamiento de consumo problemático, así como también la urgente necesidad de fortalecer las instancias de control y auditoria por parte del Ministerio de Salud de la provincia.
Bajo la fachada de clínicas o instituciones privadas proveedoras de servicios de salud se esconden negocios espurios, sin control ni habilitación de la autoridad sanitaria correspondiente y en los que se emplean la violencia como forma de control de las personas allí alojadas, mientras el Estado se retira de sus obligaciones en materia de salud mental.
Cabe aclarar que la intervención del programa de Salud Mental de la CPM tuvo su origen en un informe elaborado por el periodista Pablo Galfré y el presidente de la Asociación de Reducción de Daños de Argentina (ARDA) Gustavo Zbuczynski, que visibilizó las tres muertes ocurridas en la comunidad terapéutica Centro Victoria de Tortuguitas, partido de Malvinas Argentinas, entre julio de 2021 y comienzos de 2023.