EL AISLAMIENTO COMO TORTURA Clausuran buzones de la Unidad Penal 45 que alojan mujeres con padecimiento mental
El Juzgado de Ejecución Penal 1 de La Plata, a cargo del juez José Villafañe, hizo lugar a un pedido de la Comisión por la Memoria y decidió clausurar el pabellón de separación del área de convivencia (SAC) del anexo femenino de la UP 45 de Melchor Romero. La resolución se inscribe en un largo proceso judicial que lleva más de seis años, en el que la CPM viene denunciando de manera sistemática las deplorables condiciones de detención y régimen de vida en las UP 34 y 45 destinadas a alojar personas con padecimientos mentales.
ANDAR en Melchor Romero
(Agencia Andar) El anexo femenino de la Unidad Penal 45 del Servicio Penitenciario Bonaerense, ubicada en Melchor Romero (La Plata), aloja mujeres con padecimientos de salud mental. En la tarea permanente de monitoreo de lugares de encierro que despliega la Comisión Provincial por la Memoria como Mecanismo local de prevención de la tortura, en junio se relevó la existencia de torturas y otros tratos crueles, inhumanos, degradantes.
Las mujeres con padecimiento mental son sometidas a un régimen de aislamiento extremo en condiciones materiales de alojamiento inhumanas, que se suman a la falta de abordaje interdisciplinario de los cuadros de salud mental, faltante de medicación psicofarmacológica y falta de atención médica. Como señaló una de las mujeres detenidas allí: «Si no estás loca, te volvés loca acá».
Ante el pormenorizado informe mediante el que se hizo la denuncia, el Juzgado de Ejecución en lo Penal N°1 dispuso la clausura e inhabilitación del área de separación y admisión del anexo femenino de esa cárcel y prohibir el alojamiento o ingreso de personas privadas de libertad al sector. Además ordenó a los titulares del Ministerio de Justicia y de Derechos Humanos de la Provincia, Jefatura y de la Dirección de Infraestructura del Servicio Penitenciario Bonaerense que reparen y repongan cerramientos y vidrios en aberturas y ventanas; se repare la caldera para garantizar calefacción en el lugar, se renueven los colchones rotos y que las autoridades competentes adopten medidas “a fin de considerar el tratamiento, diseño, reglamentación, actualización o replanteo de protocolos, estrategias de organización, coordinación, intervención y distribución de actividades tanto en el planteo del trabajo penitenciario y la coordinación del personal de salud penitenciaria, a parámetros de derechos constitucionales y convencionales de derechos humanos específicos -Salud Mental, Mujeres, Adultos Mayores- en especial en cuanto a medidas de aislamiento, contención, disciplina y/o sancionatorio”.
La resolución llega en el marco de la acción judicial colectiva que impulsa la Comisión Provincial por la Memoria desde 2018 por las condiciones en que se encuentran las personas detenidas en las unidades 34 y 45, ambas destinadas a alojar personas con padecimientos mentales. En este marco, en el año 2022 la sala III del Tribunal de Casación tomó una serie de decisiones y ordenó al juzgado de Villafañe hacer el control de cumplimiento. Desde entonces la CPM viene reclamando ante este juzgado por el deterioro de las condiciones de detención y régimen de vida. Sin embargo, pese a los informes presentados, las solicitudes de clausura habían desestimadas hasta el momento.
De hecho, junto con esta presentación, la CPM también pidió la clausura de otros dos espacios, además del ya mencionado SAC, pero el juez no hizo lugar. En su informe la CPM describe los padecimientos de las mujeres alojadas en esas áreas: bajas temperaturas sin calefacción y con escasa ropa de abrigo, encerradas en celdas sin luz natural, sin mobiliario, sucias, húmedas y con condiciones eléctricas precarias y riesgosas.
Además se encuentran en celdas individuales, no acceden a ninguna actividad, tienen restringido el uso del celular y ni siquiera comparten espacios comunes con otras detenidas. “El sometimiento a aislamiento de personas con padecimiento mental es una práctica que está prohibida, llegando a equipararse incluso como práctica de tortura por demostrarse que agrava considerablemente los cuadros llegando a poner en riesgo la vida”, explican desde los equipos de la CPM. También detectaron situaciones en las que las mujeres fueron sometidas al suministro de medicación inyectable de manera violenta e irregular y con intervención de agentes penitenciarios.
El abordaje y la medicación fue otro de los ejes de la presentación del organismo: no existe tratamiento con perspectiva de género en el lugar, los agentes del Servicio Penitenciario no reciben capacitación adecuada para trabajar con mujeres con padecimientos de salud mental y el acceso a los equipos de profesionales está mediado por los agentes. Las mujeres ni siquiera acceden a dispositivos de tratamiento básicos.
Además hay faltante de medicación y psicofármacos específicos, lo que hace que el equipo de profesionales reemplace por dosis de “lo que hay” y generen descompensaciones en los cuadros de salud mental que muchas veces se desencadenan en momentos donde solo está presente el servicio penitenciario, que intercede de manera violenta generando aún más vulneraciones.