OJO POR OJO EN EL REINO DE LOS CIEGOS Absolvieron a los vecinos acusados de linchar a un joven de 15 años
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(Agencia) Este viernes se conoció la sentencia en el caso de Lucas Navarro, el joven de 15 años asesinado a golpes en 2010 por vecinos del barrio Los Pinos (La Matanza) luego de intentar cometer un robo con un arma de juguete. El TOC 5 de La Matanza –integrado por Javier González, Matías Deane y Gabriela Rizzuto- absolvió a los cuatro acusados por el crimen. La Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires (CPM) se presentó como veedora. La fiscalía y la querella habían pedido penas de entre 5 y 15 años; los jueces prohibieron que se divulgaran los testimonios durante el juicio.
Gastón Ronda, Horacio Ronda, Adrián González y Norberto González fueron los 4 vecinos absueltos por la muerte. Ellos y Gastón Dillman son las 5 personas identificadas entre un grupo de más de 40 agresores que rodearon y golpearon al joven. Dillman fue señalado como quien inmovilizó a Lucas mientras el resto lo golpeaba, pero no será juzgado en el esta oportunidad porque firmó una sentencia de tres años en un juicio abreviado.
La Comisión por la Memoria de la Provincia de Buenos Aires (CPM) se presentó como veedora ante el TOC 5 de La Matanza (M. Marcón 2623 San Justo) y participará en la audiencia del viernes 27 de septiembre a las 14 hs . Desde el organismo explicaron que “nuestro especial interés en el caso radica en que los hechos en juzgamiento dan cuenta de que la muerte de Lucas Navarro no es resultado de un incidente o riña callejeros, sino que los involucrados actuaron con un total desprecio por la vida. El accionar tumultuoso y brutal del vecindario (más de 40 personas) excedió -con una enormidad que causa perplejidad- lo que podría ser una legítima práctica de retención de un presunto autor de un delito. Así se produjo una suerte de linchamiento primitivo que terminó con su muerte en el patrullero que lo trasladaba al hospital”.
En los fundamentos del pedido para participar como veedores el organismo afirmaba que “cuando se trata de jóvenes en conflicto con la ley penal, ponemos especial énfasis en la situación por la que atraviesan, dado el estigma y la discriminación del que son víctimas y las consecuencias que esto acarrea para ellos”.
La defensa de la familia que lleva adelante Alejandro Bois, representante de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) también consideró que la carátula con que se calificó el crimen, “homicidio en agresión”, era incorrecta por lo que solicitó que se cambie a homicidio simple y se condene a los acusados a 15 años de prisión. Sin embargo el tribunal ya había rechazado este cambio de carátula en el inicio del debate oral.
Por esto la CPM enfatizó que “por las características del caso en el cual se ventilan situaciones de extrema violencia en contra de un joven de quince años que se encontraba desarmado, la labor que la justicia tiene encomendada es altamente significativa para que delitos con estas connotaciones no queden impunes. Es sumamente importante no sentar precedentes que legitimen la resolución de conflictos mediante el ejercicio de la ‘justicia por mano propia’ por parte de los ciudadanos”.
La familia y los representantes de Lucas esperaron la sentencia sin esperanzas, “nos parece que se tiende a no querer sancionar esta conducta, o hacerlo como si fuera un homicidio “chiquito”. Esta actitud que es mucho peor que lo que fuera la ley del Talión, porque al que robaba en aquel momento le cortaban las manos. Aquí no. Directamente lo ejecutaron en la vereda”, consideró Bois.