LESA HUMANIDAD Se conocieron las sentencias del Juicio Campo de Mayo 11
El Tribunal Oral Federal de San Martín impuso prisión perpetua para el represor Santiago Riveros y 23 años de cárcel para Reynaldo Bignone por los delitos de lesa humanidad cometidos contra 33 trabajadores de la Zona Norte del Gran Buenos Aires durante la última dictadura cívico militar. También condenó a otros cuatro represores con penas de entre 9 y 17 años.
ANDAR en los juicios
(ReFeSiM) La sentencia del Juicio conocido como Campo de Mayo 11 (el ‘Juicio de los Obreros’) contempló los delitos de privación ilegal de libertad, homicidio, tormentos, allanamiento ilegal y robo agravados, en todos los casos, de lesa humanidad y por tanto imprescriptibles contra las víctimas. Además de Riveros y Bignone, fueron condenados a 17 años de prisión a Luis Sadi Pepa, a 16 años de prisión Eugenio Guañabens Perelló y a nueve años de prisión a Juan Demetrio Luna (ex Comisario de la Comisaría 1º de Tigre) y al Prefecto Principal Juan Carlos Gerardi.
Por otro lado, se consideraron nulas las declaraciones indagatorias de tres prefectos y, como consecuencia de ello, los absolvió. Paralelamente, se dio lugar a la solicitud de las querellas, entre quienes se encuentra la Secretaría de Derechos Humanos de la provincia de Buenos Aires, para que se abra una nueva investigación sobre la responsabilidad cívico empresarial.
En el marco de la sentencia, los jueces Héctor Sagretti, Marta Milloc y Diego Barroetaveña, enviaron en forma general las actuaciones al juzgado de instrucción, a fin de que se continúe con la investigación. Pero no hicieron ninguna referencia específica a las cuestiones peticionadas por las querellas: que se investigue tanto la responsabilidad civil empresarial como los delitos de índole sexual.
Con respecto a la responsabilidad civil empresarial, la investigación está dirigida a develar la complicidad de empresarios y directivos de los astilleros Astarsa y Mestrina y de los establecimientos ceramistas Lozadur y Cattáneo en los delitos de lesa humanidad. En relación a este tema, la Dirección Provincial de Políticas Reparatorias perteneciente a la Secretaría de DDHH bonaerense viene realizando investigaciones sobre las complicidades civiles empresariales con el terrorismo de estado. En el marco de esa línea de trabajo, la Dirección publicó en el 2013 la investigación “Cómplices del horror. Complicidades civiles empresariales”, (cuyos autores son Victoria Lucero y Juan Manuel Ardenghi). Estos trabajos de recopilación y análisis de datos son también presentados en los procesos judiciales como testimonio de la vinculación entre las empresas y la dictadura cívico militar.
En cuanto a la solicitud sobre los delitos de índole sexual, la Dirección Provincial de Políticas Reparatorias de la Secretaría de DDHH bonaerense también trabaja en pos de visibilizar la violencia sexual hacia las mujeres como delito de lesa humanidad y como parte del plan sistemático ejecutado por la dictadura cívico-militar en los juicios donde es querellante. En tal sentido, la violencia sexual fue un mecanismo sistemático de las fuerzas represivas para destruir las subjetividades individuales de las víctimas.
[pullquote]Como las 33 víctimas fueron obreros los alegatos se presentaron como un tipo específico de víctima, trabajadores organizados[/pullquote]
El juicio develó la represión ejercida por la última dictadura cívico militar sobre obreros de astilleros navales y ceramistas de Zona Norte. Teniendo en cuenta que las víctimas fueron en su mayoría delegados y trabajadores cercanos a las comisiones internas, el objetivo de la acción terrorista era disolver comisiones y ahogar reclamos.
Como las 33 víctimas fueron obreros los alegatos se presentaron como un tipo específico de víctima, como trabajadores organizados. En el proceso declararon ex trabajadores, sobrevivientes, familiares e investigadores. En los relatos se destacaron las persecuciones que en muchos casos se impulsaron desde las empresas sobre los trabajadores más combativos y comprometidos y como respuesta a las luchas, demandas y conquistas laborales. Parte de esa persecución quedó documentada en legajos de la ex DIPPBA y libros de las empresas.
La fiscalía y la querella solicitaron penas de 9 a 25 años de prisión y perpetuas para el policía, los tres prefectos y los cuatro militares acusados (entre quienes se encuentra el jefe de Campo de Mayo, Santiago Omar Riveros).
Quedan varios juicios orales pendientes, entre ellos, los que juzgaran crímenes padecidos por trabajadores de BOPAVI S.R.L., varios casos de la zona de Zárate durante el año 1978 y los relacionados con la empresa Ford. En éste último, durante la etapa de instrucción, pudo demostrarse que en el interior de esa empresa funcionó un centro clandestino de detención, que los militares hacían uso de las instalaciones -como por ejemplo, el comedor-, que los propios directivos celebraban el accionar de las fuerzas represivas y los beneficios económicos que significaba ‘correr del medio’ a los delegados. Además, desde la empresa se proveyó información para que se ejecuten los secuestros y se abrieron las puertas para que el ejército opere dentro de la fábrica; también allí le negaron información a las familias.