UNIDAD 13 DE JUNIN La justicia ordenó revertir las graves condiciones de detención denunciadas
La resolución fue tomada por el Juzgado en lo Correccional 3 de Junín, a cargo del magistrado Jorge Ariel Coppola, en virtud de un habeas corpus colectivo y de carácter correctivo presentado por la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) el 11 de diciembre. El juez dio curso a la acción y ordenó que en el plazo de 120 días se realicen las obras edilicias necesarias para garantizar los 6 metros cuadrados por cada persona detenida del sector de Separación del Área de Convivencia (SAC) de la Unidad Penal 13 de Junín del Servicio Penitenciario Bonaerense. También mandó a reponer todos los vidrios faltantes en ese pabellón; ampliar el lapso de permanencia en el patio a tres horas diarias; disponer asistencia psicológica al menos dos veces por semana por cada detenido; regularizar la provisión diaria de las raciones de comida; y prohibir la permanencia en SAC por más de 15 días.
ANDAR en las cárceles
(Agencia) La acción de habeas corpus colectivo y de efecto correctivo fue presentada por la CPM en su caracter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, luego de una jornada de monitoreo llevada a cabo en la UP 13 de Junín el 11 de diciembre. Durante la inspección y las entrevistas con las personas detenidas especialmente en el sector de SAC, fueron detectadas graves condiciones materiales de detención y lesivas de los derechos humanos más elementales.
En este sentido, se verificó que en dos celdas había dos personas alojadas en cada una de ellas en condiciones de hacinamiento, siendo que incluso con un solo ocupante no se respeta el mínimo legal de metros cuadrados por persona. Además no tenían ventilación natural ya que las pequeñas ventanas estan tapiadas o bloqueadas desde afuera con chapas, tampoco acceso a la luz natural ni artificial. No hay sistemas de climatización y el sector de duchas posee una sola grifería de la que sale agua caliente sin separador que proteja la intimidad de las personas.
Asimismo, la CPM advirtió que las conexiones eléctricas son inestables e inseguras, con conexiones realizadas sin protección o expuestas. En algunas celdas se observan tomacorriente colocados recientemente, pero los cables enchufados están expuestos.
Por otro lado, en casi la totalidad de las celdas las personas colocan botellas o mantas para cubrir las letrinas ya que de allí emana constantemente un olor nauseabundo. Durante el monitoreo se constató que en dos de las celdas las letrinas estaban completamente tapadas, con heces y agua hasta el borde superior. Y como las personas no tienen acceso al sector de duchas, deben higienizarse dentro de sus celdas parados sobre esas mismas letrinas.
Este cuadro de agravamiento fue evaluado por el magistrado Jorge Ariel Cóppola, titular del Juzgado Correccional 3 de Junín, quien realizó una inspección ocular en el sector de SAC de la UP 13 y luego convocó a la audiencia prevista por el instituto del habeas corpus.
Si bien varios extremos de lo denunciado por la CPM no fueron convalidados por el juez, sí dio curso a la acción y resolvió ordenar al Ministerio de Justicia y al Servicio Penitenciario de la provincia de Buenos Aires -Dirección de Infraestructura- que en el plazo perentorio de 120 días se realicen las obras de infraestructura necesarias para adecuar las dimensiones de las celdas de encierro del pabellón de SAC a la superficie mínima señalada exigida por los estandares nacionales de 6 metros cuadrados por persona.
También ordenó la reposición en el plazo de diez días de todos los vidrios faltantes; la prohibición de alojamiento de personas en SAC por más de 15 días (máximo estipulado por la Ley 24660 de Ejecución Penal); la ampliación hasta tres horas del lapso por el cual se autoriza a los detenidos en el sector de SAC a salir al patio; la asistencia psicológica –hasta dos veces por semana por detenido- aún cuando éstos no requieran el servicio y la regularización de la provisión de las viandas de comida.