UNIDAD 54 DEL SERVICIO PENITENCIARIO BONAERENSE Clausuraron un pabellón de mujeres por condiciones de detención graves y riesgosas
La jueza Gisela Verónica Olszaniecki, titular del Juzgado en lo Correccional 1 de Florencio Varela, dio curso al habeas corpus colectivo presentado por la Comisión por la Memoria (CPM), en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, por las graves vulneraciones a los derechos de las personas alojadas en tres pabellones del Anexo de Mujeres de la Unidad Penal 54 de Florencio Varela: el de madres, el de separación del área de convivencia (SAC) y el de admisión. Éste último fue directamente clausurado, y la magistrada ordenó al Ministerio de Justicia bonaerense la realización y supervisión de las obras necesarias a los fines de garantizar las adecuadas condiciones de alojamiento para las mujeres de esa unidad penal.
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(Agencia) Tras la inspección realizada en el pabellón de admisión por el perito arquitecto Sergio Daniel Negri -que aconsejó la clausura total del pabellón por el grave riesgo para las detenidas y el personal penitenciario- y profesionales de la Asesoría pericial de Quilmes, la jueza Gisela Verónica Olszaniecki, titular del Juzgado en lo Correccional 1 de Florencio Varela, consideró que las condiciones de detención en el Anexo de Mujeres de la UP 54 “no guardan comunión con los estándares mínimos de respeto a la dignidad de las personas privadas de su libertad, no siendo necesaria la producción del resto de los medios de prueba ni la realización de la audiencia de ley”.
La inspección de los peritos así como una recorrida presencial realizada el pasado 26 de junio por la propia jueza y otras medidas tendientes a recabar información, arrojaron una conclusión contundente: las mujeres allí alojadas -incluso varios niños que conviven con sus madres detenidas- padecen graves violaciones a sus derechos y existen riesgos inminentes y evitables producto del deterioro edilicio y sanitario.
Se trata de una realidad que no es exclusiva de la UP 54 sino que se extiende por la mayor parte de las unidades del Servicio Penitenciario Bonaerense. En efecto, tras una reciente jornada de monitoreo en su calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, la CPM había presentado el habeas corpus colectivo en favor de las mujeres alojadas en el anexo de mujeres de aquella unidad penal al relevar condiciones inhumanas y degradantes principalmente en tres pabellones: el de madres, el de Admisión y el de SAC.
Respecto al primero, la CPM advirtió que la comida se les entregaba cruda a las detenidas y en porciones escasas. Allí las detenidas contaban con una cocina en pésimas condiciones de higiene, con presencia de cucarachas y sin la provisión de elementos de limpieza. La conexión eléctrica es precaria y riesgosa, con cables expuestos y, en algunos casos, al alcance de los niños.
En Admisión las mujeres permanecían encerradas las 24 horas del día, con un régimen de aislamiento estricto; no contaban con luz artificial ni duchas, tampoco griferías ni acceso al agua caliente. También allí la comida llegaba generalmente en malas condiciones, cruda y apelmazada.
Finalmente, en el pabellón de SAC se registraron faltantes de vidrios en ventiluces, de calefacción y de acceso al agua caliente para la ducha. No contaban con acceso a una adecuada atención médica y, como en los casos anteriores, la comida era insuficiente, sin cocción adecuada y muchas veces en mal estado.
Tras la presentación de la CPM, la jueza Olszaniecki ordenó rápidamente la constatación y a los tres días fue con todos los peritos a la Unidad. Cabe destacar la importancia de la celeridad en esta medida que, en muchos casos, suele tardar varios meses.
Tras la inspección ordenada por el Juzgado, el informe del perito arquitecto Sergio Negri remarca que “El incremento de población carcelaria ha desvirtuado la propuesta inicial de una población de 64 reclusas, esto consecuentemente trae aparejado un verdadero hacinamiento, ya que prácticamente se ha triplicado el alojamiento, sin contemplar en dicho incremento de población: las superficies, dimensiones mínimas, volumen de aire, ventilaciones, luz natural y artificial, instalaciones complementarias, área de esparcimiento etc. Dicha irregularidad se ve agravada por la falta de mantenimiento general; en síntesis, se debe señalar al respecto “que capacidad de alojamiento no es sinónimo de amontonar” y que tal escenario crea además posibles situaciones de inseguridad. Por lo expuesto, se pone de manifiesto la necesidad de volver a la capacidad original, observando el espíritu y los principios que emanan de las reglas mínimas para el tratamiento de reclusos tanto nacionales como internacionales”.
Por su parte las peritos Dra María Rosa Mezzadri, Lic. María Laura Vairo y Lic. Verónica Urrutia, peritos médica psiquiatra, trabajadora social y psicóloga respectivamente de la Asesoría Pericial de Quilmes dictaminaron que: «las entrevistadas en la zona de los “buzones” no dan cuenta de ninguna otra actividad de recreación, contacto con los pares, estudios, deportes u otros esparcimientos. Están conminadas a ese destino, terminando sometidas a un discurso normativo que sugiere la patologización mental del sufrimiento subjetivo. De acuerdo a lo referido por las entrevistadas, no se realizaría seguimiento ni control de la medicación psicofarmacológica que viene desde otra unidad, como así tampoco recibirían, evaluación médica, odontológica ni de salud mental. Datos en ellas que están bajo una naturalización y hasta acostumbramiento”.
“Además refieren hacinamiento y sobrepoblación en los pabellones, optando por transcurrir todo el día encerradas en este tipo de celdas individuales pequeñas, húmedas, con olor hediondo por las cloacas y napas, oscuras y aisladas, donde comen doble ración una vez al día, los alimentos están fríos y serían de mala calidad nutricional», agregaron.
En base a estos informes y la propia presencia, la jueza constató todos los extremos denunciados por la CPM y dispuso la clausura del pabellón de admisión por los motivos expuestos más arriba, y ordenó el cese del agravamiento respecto de las mujeres alojadas en los otros pabellones examinados.
“Corresponde requerir al Servicio Penitenciario Provincial que, a través de las dependencias correspondientes, lleve a cabo las obras necesarias a fin de hacer cesar las deficiencias en el mencionado pabellón para evitar riesgos para las internas, disponiendo las reparaciones que correspondan, así como también que se les garantice el régimen de vida adecuado a los estándares normativos antes mencionados, debiendo cesar las carencias ya enumeradas”, resolvió la jueza Olszaniecki.
También ordenó que se hiciera saber al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos que, como órgano de superintendencia del Servicio Penitenciario Bonaerense, “deberá verificar el cumplimiento de las medidas que aquí se dispongan especialmente aquello vinculado con la culminación de las tareas de refacción y suministro de servicios básicos”.
Por último, requirió a la Dirección de Salud Penitenciaria que de manera urgente “arbitre los medios para disponer de lo necesario para que las internas alojadas en los pabellones de mujeres de la UP 54 cuenten con el servicio médico adecuado, debiendo a su vez extremar las medidas para contar con médico pediatra y que las internas puedan contar con la asistencia de psicólogo y psiquiatra”.
La Unidad 54 tiene en la actualidad 668 detenidas en 414 plazas, lo que implica una sobrepoblación del 61 %. El sistema aloja un total de 2.783 mujeres de las cuales el 58.7% se encuentran procesadas (ver más información en CPM | Datos abiertos – Comisión Provincial por la Memoria).