EN RESPUESTA A UN RECURSO PRESENTADO POR LA CPM Casación ordenó revisar un habeas corpus por una familia de Dolores que denunció más de 50 hechos de hostigamiento policial
Durante todo el año pasado, Elida y Gastón sufrieron más de 50 actos de hostigamiento y violencia policial; en una oportunidad, incluso, fueron trasladados a la comisaría 1ª de Dolores junto a sus cuatro hijos menores de 18 años y demorados en la dependencia, sin expresarles el motivo, por más de dos horas. Luego de ese hecho, la Comisión Provincial por la Memoria, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, presentó un habeas corpus que fue rechazado en tres instancias. Ahora, la Sala I del Tribunal de Casación Bonaerense admitió un recurso de queja presentado por el organismo y pidió a la Cámara de Apelaciones y Garantías de Dolores que dicte un nuevo pronunciamiento.
ANDAR en Dolores
(Agencia Andar) El 24 de agosto del año pasado, Elida, Gastón y sus cuatro hijos estaban jugando en la cancha de fútbol de la Iglesia Jesucristo de los Santos en la localidad de Dolores, a pocas cuadras de su domicilio, cuando llegaron tres patrulleros de la Policía de la Provincia de Buenos Aires; de los vehículos, se bajaron seis agentes que obligaron a la familia completa, inclusive a los niños, a subir a los móviles y los trasladaron a la comisaría local.
Estuvieron demorados más de dos horas en la dependencia policial, no les informaron los motivos de la aprehensión ni dieron aviso, tal como obliga la normativa a los órganos de promoción y protección de los derechos de niños, niñas y jóvenes. Antes de liberarlos, les hicieron firmar un papel por un “pedido de comparendo compulsivo por robo”.
Esta intervención ilegal y arbitraria de la policía no fue la primera que sufrieron Elida y Gastón; esa misma semana habían sido demorados ya tres veces en la vía pública cuando salían o volvía a su casa.
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) tomó conocimiento de este hecho y, en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, presentó el 15 de octubre del 2020 un habeas corpus preventivo para que cese todo acto de hostigamiento y amenaza contra la familia. Hasta el momento de la presentación, la pareja había sido demorada más de 50 veces en el año; luego del habeas, siguieron siendo víctima de las mismas prácticas.
En varias oportunidades fueron obligados a fotografiarse de frente y de espaldas al lado de los agentes policiales y les decían que “las fotografías son para el jefe”; si se negaban, los amenazaban con iniciarles causas por resistencia a la autoridad. Luego esas imágenes aparecían publicadas en los medios locales; a veces, señalando que fueron interceptados porque poseen una “causa con un pedido de captura activo”. Sin embargo, ni Elida ni Gastón fueron notificados de ninguna causa penal.
El ensañamiento con Gastón era aún mayor por ser indocumentado; situación que los agentes policiales aprovechaban para denigrarlo: lo paraban en la vía pública para pedirle la documentación y amenazarlo con llevarlo detenido.
A pesar de la sistematicidad de esta práctica de hostigamiento con la familia, en dos instancias la justicia negó el habeas corpus sin llamar ni siquiera a audiencia para que las víctimas declaren. Primero el Juzgado de Garantías N° 1 de Dolores, luego confirmado por la Cámara de Apelaciones y Garantías. En ambos casos, la justicia rechazó el habeas analizando sólo el hecho ocurrido el 24 de agosto: la aprehensión y traslado a la comisaría de toda la familia.
Ante esta decisión, la CPM presentó un recurso de queja en Casación que fue aceptado por la sala I, integrada por los jueces Ricardo Maidana y Daniel Carral. En línea con lo argumentado con el organismo, coincidieron en que “los jueces de grado rechazaron la vía haciendo mención a solo una de las interceptaciones efectuadas por los agentes policiales en la vía pública cuando fueron más de cincuenta en todo el año 2020”. Y agregaron que los “nuevos hechos de de hostigamientos ocurridos luego de la presentación del hábeas corpus preventivo, refuerzan la actualidad del agravio”.
Con estos argumentos, Maidana y Carral sostuvieron que “los jueces incumplieron con la obligación de resolver todas las cuestiones esenciales sometidas por la parte” y reenviaron lo actuado a la Cámara departamental para que emita un nuevo pronunciamiento ajustado a derecho.