TERMINÓ EL HISTÓRICO JUICIO CON MÁS DE DOS AÑOS DE DEBATE Brigada de San Justo: 25 años de prisión para 6 imputados y prisión perpetua para otros 10
Este miércoles 2 de diciembre, a instancias del TOF 1 de La Plata, se realizó la jornada final del juicio por los crímenes de lesa humanidad cometidos en la exBrigada de Investigaciones de San Justo, Matanza, en un debate que comenzó en agosto de 2018 y que termina con 16 condenados -Jaime Lamont Smart y Etchecolatz, entre otros, sumaron una nueva pena a prisión perpetua-, una absolución y dos imputados que murieron durante el proceso oral y público. El próximo 8 de marzo, desde las 17, se conocerán los fundamentos de esta sentencia que se remitirá al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal a fin de que se evalúe el comportamiento profesional de los abogados particulares Eduardo San Emeterio y Hernán Vidal. El tribunal ratificó la desafectación del edificio donde funcionó el exCCD y ordenó al Estado Nacional la preservación del inmueble que funcionará como Sitio de Memoria.
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(Agencia) Durante todo el debate oral, organizaciones de derechos humanos, sociales y sindicales, víctimas sobrevivientes y familiares de víctimas acompañaron y visibilizaron desde el exterior de la sala de audiencia -sobre calle 8 entre 50 y 51, hasta la irrupción de la pandemia- los pormenores del histórico juicio en el que hubo 19 imputados y en el que se ventilaron los casos de 84 víctimas de al menos 101 que pasaron entre marzo de 1976 y agosto de 1978 por el exCCD Brigada de San Justo.
Este miércoles 2 de diciembre volvieron a reunirse en un espacio abierto para ser testigos de una sentencia tan esperada como histórica. El valor de ese momento de expectativa fue tal que el presidente del tribunal, Alejandro Smoris, aceptó en dos ocasiones demorar algunos minutos la lectura de la parte resolutiva a fin de que las organizaciones terminaran una declaración conjunta.
Cabe recordar que el juicio comenzó con 19 imputados, y que dos de ellos murieron en el transcurso del debate: Juan Manuel Torino y Juan Carlos Ojeda. En cuanto a Roberto Armando Félix, fue el único que resultó absuelto “con relación a los hechos por los que fue acusado por el Ministerio Público Fiscal y por las partes querellantes, y en consecuencia ordenando su inmediata libertad desde el domicilio donde se haya alojado, previa constatación de que no se encuentre alojado a disposición de otra autoridad jurisdiccional”.
En cuanto al encuadre penal de los delitos ventilados, el TOF 1 de La Plata los declaró constitutivos de crímenes de lesa humanidad, con la disidencia parcial del juez Pablo Vega.
A continuación, la parte resolutiva de la sentencia:
-Jaime Lamont Smart, condenado a la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua, accesoria legales y pago de costas, por resultar coautor de los delitos privación ilegal libertad agravado por mediar violencia y por su duración de más de un mes, en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravado por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Rodolfo Enrique Godoy, condenado a la pena de 25 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua, accesoria legales y pago de costas, por resultar coautor de los delitos privación ilegal libertad agravado por mediar violencia y por su duración de más de un mes, en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravado por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Roberto Armando Balmaceda, condenado a la pena de 25 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua, accesoria legales y pago de costas, por resultar coautor de los delitos privación ilegal libertad agravado por mediar violencia y por su duración de más de un mes, en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravado por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Jorge Héctor Di Pascuale, condenado a la pena de 25 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua, accesoria legales y pago de costas, por resultar coautor de los delitos privación ilegal libertad agravado por mediar violencia y por su duración de más de un mes, en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravado por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Emilio Alberto Herrero Anzorena, condenado a la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua, accesoria legales y pago de costas, por resultar coautor de los delitos privación ilegal libertad agravado por mediar violencia y por su duración de más de un mes, en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravado por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Carlos del Señor Hidalgo Garzón, condenado a la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua, accesoria legales y pago de costas, por resultar coautor de los delitos privación ilegal libertad agravado por mediar violencia y por su duración de más de un mes, en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravado por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Carlos María Romero Pavón, condenado a la pena de prisión perpetua e inhabilitación absoluta por resultar coautor del delito de privación ilegal de la libertad agravado por mediar violencia, en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravado por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Ricardo Armando Fernández, condenado a la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua, accesorias legales y pago de costas por resultar coautor del delito de privación ilegal de la libertad agravada, por mediar violencia en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Miguel Osvaldo Etchecolatz, condenado a la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua y pago de costas, por resultar coautor del delito de privación ilegal de la libertad agravada, por mediar violencia en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Alejandro Alberto Menichini, condenado a la pena de 25 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua y pago de costas, por resultar coautor del delito de privación ilegal de la libertad agravada, por mediar violencia en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Leopoldo Luis Baume, condenado a la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua y pago de costas, por resultar coautor del delito de privación ilegal de la libertad agravada, por mediar violencia en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Rubén Alfredo Boan, condenado a la pena de 25 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua y pago de costas, por resultar coautor del delito de privación ilegal de la libertad agravada, por mediar violencia en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Raúl Carballo, condenado a la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua y pago de costas, por resultar coautor del delito de privación ilegal de la libertad agravada, por mediar violencia en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Héctor Horacio Carrera, condenado a la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua y pago de costas, por resultar coautor del delito de privación ilegal de la libertad agravada, por mediar violencia en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Ricardo Juan García, condenado a la pena de 25 años de prisión, inhabilitación absoluta y perpetua y pago de costas, por resultar coautor del delito de privación ilegal de la libertad agravada, por mediar violencia en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Jorge Héctor Vidal, condenado a la pena de prisión perpetua, inhabilitación absoluta y perpetua y pago de costas, por resultar coautor del delito de privación ilegal de la libertad agravada, por mediar violencia en concurso real con el delito de imposición de tormentos agravados por tratarse de perseguidos políticos, entre otros delitos.
-Roberto Armando Félix, absuelto con relación a los hechos por los que fue acusado por el Ministerio Público Fiscal y por las partes querellantes, y en consecuencia ordenando su inmediata libertad desde el domicilio donde se haya alojado, previa constatación de que no se encuentre alojado a disposición de otra autoridad jurisdiccional.
-Disponiendo la extracción de copias de las piezas pertinentes de los alegatos de las partes, las que deberán agregarse a los legajos de las detenciones domiciliarias de Jaime Lamont Smart, Rodolfo Enrique Godoy, Roberto Armando Balmaceda, Emilio Alberto Herrero Anzorena, Carlos del Señor Hidalgo Garzón, Carlos María Romero Pavón, Alejandro Menichini, Leopoldo Baume, Rubén Alfredo Boan, Héctor Horacio Carrera, Jorge Héctor Vidal y Ricardo Armando Fernández, y proceder a resolver lo que por derecho corresponda.
-Poniendo a disposición de las partes copias de las actuaciones pertinentes, a efecto de que realicen las presentaciones penales que estimen corresponder, conforme lo expresado en sus alegatos.
-Exhortando al Ministerio de Seguridad de la provincia de Buenos Aires a fin de que proceda a la desafectación del edificio donde se encuentra emplazada la Dirección Departamental de investigaciones de La Matanza, lugar que funcionó como CCD, en consonancia con lo dispuesto oportunamente por este tribunal.
-Ordenando la comunicación del presente decisorio a la Dirección Nacional de Sitios de Memoria, dependiente de la Secretaría de Derechos Humanos de la nación, con el objeto de que se tomen las medidas necesarias para preservar, como sitio de memoria, al inmueble donde funcionó como CCD la Brigada de San Justo.
-Remitiendo al Colegio Público de Abogados de la Capital Federal las piezas pertinentes a fin de que se evalúe el comportamiento profesional de los abogados particulares, doctor Eduardo San Emeterio y Hernán Vidal, en función de las normas que reglamentan el ejercicio de la actividad.
-Fijando la audiencia el 8 de marzo de 2021 a las 17 horas a fin de dar lectura a los fundamentos de esta sentencia. Firma del tribunal: Pablo Daniel Vega, Nelson Javier Jarazo, Alejandro Smoris.