Condenaron a 6 de los 8 imputados por los ataques neonazis en Mar del Plata
En medio de un enorme despliegue de fuerzas de seguridad provinciales y federales que prácticamente blindaron la sede del TOF 1 de Mar del Plata, durante la tarde de este jueves se conoció el veredicto en el juicio por los 12 hechos de ataques y amenazas realizados entre 2015 y 2016 por integrantes de la organización neonazi Bandera Negra. En diálogo con ANDAR, el abogado César Sivo –que patrocinó a una de las víctimas- calificó el veredicto como “estupendo, un fallo histórico. Incluso los jueces reconocieron la voz de las víctimas y el temor que debieron atravesar al brindar sus testimonios”.
ANDAR en Mar del Plata
(Agencia) La audiencia final del juicio comenzó pasadas las 17 horas del jueves 3, con las inmediaciones del TOF 1 de Mar del Plata fuertemente custodiadas por parte de la Policía Bonaerense (Infantería y Grupo de Apoyo Departamental –GAD-), Policía Local, Policía Federal y Prefectura Naval, y con el interior de la sala colmada de público en medio de un clima de tensión que terminó con el desalojo de varios familiares de los imputados.
En su veredicto, los jueces federales Mario Portela, Roberto Falcone y Bernardo Bibel consideraron ampliamente probados casi todos los extremos de la causa –que contempló 12 hechos distintos de ataques realizados por integrantes de Bandera Negra entre 2015 y 2016- y condenaron a la pena de 9 años de prisión a Oleksander Levchenko, Gonzalo Paniagua, Alan Olea (yerno de Carlos Pampillón) y Nicolás Caputo, quienes fueron detenidos tras la lectura del fallo junto con Giuliano Spagnolo, que recibió una condena a 5 años y 6 meses de prisión.
Por su parte, Franco Pozas fue condenado a 4 años y 6 meses, mientras que a Marcos Caputo le dictaron un auto de responsabilidad –una medida tutelar- por haber sido menor de edad al momento en que ocurrieron los hechos por los cuales fue juzgado. El único absuelto fue Giordano Spagnolo.
Los delitos de asociación ilícita, amenazas y lesiones fueron considerados por el TOF en el marco de “una agrupación destinada a imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, en concurso ideal con el delito de pertenecer a una organización y realizar propaganda basada en ideas o teorías de una raza, religión o grupo étnico”.
Los magistrados consideraron que en todos los casos investigados las víctimas pertenecían a colectivos activistas específicos (de identidades de género, migrantes, militantes anarquistas) que padecieron la violencia motivada por el odio y la intolerancia.
Según el abogado César Sivo, que patrocinó a Lucas Vaima, “la resolución de los jueces fue estupenda, es un fallo histórico más allá de que no establecieron las mismas penas que habíamos solicitado desde las querellas. No hay mucho para criticar porque, además de las condenas a 6 de los 8 imputados, dejaron en claro que una sociedad democrática no puede tolerar este tipo de delitos y estas violencias impulsadas por la intolerancia”.
Un momento de gran tensión ocurrió cuando se terminaron de leer las condenas: la novia de Alan Olea, Mailén Pampillón, comenzó a gritar y a insultar al público e intentó agredir a una mujer que acompañaba a las víctimas. Mailén Pampillón tuvo que ser sacada de la sala de audiencia por la policía, aunque luego también protagonizarían forcejeos varios de los condenados cuando debían ser detenidos por parte del personal penitenciario.