Comienza el jury al fiscal marplatense Fabian Fernández Garello
Es por su participación en crímenes de lesa humanidad durante la última dictadura militar. La denuncia fue presentada por la Comisión por la Memoria junto al SERPAJ, el CELS, Abuelas de Plaza de Mayo, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, la Asociación Judicial Bonaerense y la Federación Judicial Argentina, en 2016. La audiencia preparatoria del jury será el próximo martes 21 en La Plata. Se trata de una instancia definitoria en la que el jurado debe decidir si da curso a la denuncia o archiva la causa. Los denunciantes brindarán una conferencia de prensa a las 12 hs en la puerta del Senado Bonaerense (51 e/ 7 y 8, La Plata)
ANDAR en la justicia
El próximo martes 21 a las 12:30 se realizará en La Plata la audiencia preparatoria del jury al fiscal general de Mar del Plata Fabián Uriel Fernández Garello. Es una instancia definitoria ya que el jurado, presidido por Hilda Kogan, deberá decidir si da curso a la presentación y comienza el proceso de enjuiciamiento o archiva la causa. Según la ley de enjuiciamiento, debe ser suspendido en sus funciones. Si la decisión del martes es avanzar con el juicio político, según la ley de enjuiciamiento de la Provincia, Fernández Garello debe ser inmediatamente suspendido en sus funciones.
El pedido de jury a Fernández Garello está fundado en su rol dentro de la estructura represiva del terrorismo de estado, como oficial de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) durante la última dictadura cívico-militar en la delegación de San Martín. La gravedad de los hechos denunciados, como es la participación en delitos de lesa humanidad por parte del actual Fiscal General, puede corroborarse en las pruebas documentales del archivo de la ex DIPPBA que el mismo Fernández Garello produjo. Sólo por haber actuado en el área de inteligencia de la policía bonaerense, que fue una pieza clave de la maquinaria del terrorismo de estado, no puede ser Fiscal General de la democracia. La inteligencia era parte indispensable del plan de desaparición, tortura y exterminio.
Como parte de la repartición DIPPBA de San Martín, desarrolló acciones de espionaje político y gremial e infiltración en organismos de derechos humanos, religiosos, politicos y sociales, en el marco del terrorismo de Estado. También fueron denunciadas acciones operativas de persecución, secuestro y torturas e integro un grupo de tareas conformado por fuerzas conjuntas de la delegación DIPPBA de San Martín, el Destacamento de Inteligencia 201 de Campo de Mayo y la Brigada de Caseros, lugar donde funcionaba un Centro Clandestino de Detención. Por hechos graves de detención, secuestro y torturas, ha sido llamado a indagatoria para el próximo 13 de diciembre en el juzgado federal N 1 de San Isidro.
Sobre la base de esta prueba documental, en diciembre del año pasado la CPM junto al SERPAJ, el CELS, Abuelas de Plaza de Mayo, la Liga Argentina por los Derechos del Hombre, la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos, la Asociación Judicial Bonaerense y la Federación Judicial Argentina, presentaron, ante la Secretaría Permanente de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de Buenos Aires, el pedido de juicio político al Fiscal General de Mar del Plata Fabián Uriel Fernández Garello. Entre los firmantes se encuentran Adolfo Pérez Esquivel, Estela Carlotto y Nora Cortiñas, entre otros referentes del movimiento de derechos humanos de Argentina.
El Fiscal General Fabián Uriel Fernández Garello infringe las causales prescriptas en el inciso a), artículo 21, de la ley 13.661 y sus modificatorias al “no reunir las condiciones que la Constitución y las Leyes determinen para el ejercicio del cargo”. Así también por encontrase sujeto a lo establecido en el artículo 19 de la mencionada ley, dado su carácter de imputado por delitos dolosos por la justicia federal en crímenes de lesa humanidad. Así lo expresan también los artículos 183 y 187, de la Constitución Provincial. Al mismo tiempo, el Fiscal General se encuentra en evidente violación del inciso 3 del Art. 175 de la Carta Magna Provincial, por falta de “solvencia moral, idoneidad y respeto por las instituciones democráticas y los derechos humanos.”
La gravedad de los hechos que fundan la denuncia era conocida por el propio Fernández Garello que, al momento de presentar bajo declaración jurada sus antecedentes, a efectos de ser designado en el cargo, “omitió” mencionar que fue agente de la Policía de la Provincia de Buenos Aires y, más aún “omitió” también declarar su condición de ex Oficial de la DIPPBA (Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires). Intentó justificar la gravedad de tal ocultamiento apelando a la ley nacional de inteligencia, que no se encontraba vigente al momento de su designación.
El jurado de enjuiciamiento estará integrado por: Dra. Hilda Kogan (Presidenta de la Corte Suprema bonaerense); como conjueces titulares los Dres. Alicia Cristina Racig (San Isidro), Eduardo Carlos P. Zimmermann, Horacio Enrique Hernández (San Martín), Leandro Adolfo Matilla (Zárate-Campana) y Hugo César Benardinelli (San Martín); y los legisladores titulares Sdor. Allan, Juan Pablo (Cambiemos), Dip. Nardelli, Santiago Andrés (Cambiemos), Sdor. Albisu, Hernán Ignacio (UNA), Dip. Bonelli, Lisandro Emilio (UNA), Dip. Zurro, Avelino Ricardo (FPV); los legisladores suplentes son Sdora. Szelagowski, Carolina (PJ), Sdor. D’Onofrio, Jorge Alberto (UNA) y Dip. Portos, Lucía (FPV).