LA CAUSA CONTEMPLA SÓLO A LOS LÍDERES DE LA ORGANIZACIÓN Tras años de demora, comenzó el juicio CNU-La Plata
Carlos “el Indio” Castillo y Juan José Pomares, dos de los integrantes de la organización de extrema derecha que actuó en La Plata entre fines de los ’60 y las primeras semanas de la última dictadura cívico militar, comenzaron a ser juzgados por crímenes de lesa humanidad ante el Tribunal Oral Federal 1 de La Plata. Se tratan 7 casos de víctimas de las más de 60 que se calcula que hubo en la capital provincial. Las imputaciones son por homicidio doblemente agravado por alevosía y concurso de dos o más personas, además de robos de pertenencias perpetrados en las viviendas de las personas secuestradas en tres operaciones parapoliciales realizadas el 12 de febrero, el 4 de abril y el 19 de abril de 1976.
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(Agencia) En la mañana del lunes 15 de mayo, en la sede de la justicia federal de 8 y 50, comenzó el histórico juicio por los crímenes de lesa humanidad cometidos por la Concentración Nacional Universitaria (CNU) en La Plata.
Detrás de una pared vidriada, los responsables de la organización clandestina y únicos imputados en este juicio, Carlos Castillo y Juan José Pomares, escucharon el requerimiento fiscal de elevación a juicio que contempla 7 casos de víctimas: Hugo Dinotto, Graciela Martini, Leonardo Miceli, una pareja de sobrevivientes, Roberto Fiandor y Carlos Domínguez.
Luego de más de 40 años desde que fuera desmantelada la organización criminal –que operó en la capital provincial, además de Mar del Plata y, en menor medida, en Bahía Blanca-, Castillo y Pomares se negaron a prestar declaración indagatoria, por lo que en la próxima audiencia probablemente comiencen las testimoniales del juicio, que en su mayoría serán bajo identidad reservada.
En cuanto a la acusación, para el encuadramiento de los crímenes bajo la categoría de lesa humanidad la elevación a juicio señala el carácter parapolicial de la CNU que, en articulación con estamentos del Estado y en práctica generalizada y sistemática, generó una grave violación a los derechos humanos con el objeto de desarticular los movimientos estudiantiles, sociales y políticos desde antes de la última dictadura cívico-militar.
En cuanto al plan de exterminio, se destaca que para ser probado no requiere haber sido explicitado ni escrito sino que alcanza con poder inferir sus líneas a partir de la sistematicidad y generalidad en el accionar represivo. Además, se señalan como elementos de articulación entre la CNU y el Estado (especialmente a través del Regimiento 7 de La Plata) a partir de la garantía de impunidad para actuar, la liberación de zonas para los secuestros de las víctimas y los recursos materiales otorgados para la ejecución de los delitos.
En el caso de Castillo, será juzgado por su responsabilidad como coautor material de homicidio doblemente calificado, por la alevosía y el concurso de dos o más personas, reiterado en dos oportunidades en perjuicio de Miceli y Domínguez. Asmimismo, tanto Castillo como Pomares serán juzgados por el homicidio doblemente calificado en perjuicio de Dinotto y Martini.
Cabe recordar que el TOF 1 está integrado por tres magistrados subrogantes –preside Germán Castelli junto a los vocales Pablo Vega y Alejandro Daniel Smoris. Los fiscales son Marcelo Molina, Hernán Schapiro y Juan Martín Nogueira. Y en cuanto a las querellas, actúan de manera conjunta los abogados de las secretarías de Derechos Humanos de Nación y Provincia, además de la Liga por los Derechos del Hombre y Justicia Ya.
Al comienzo de la audiencia de este lunes, una de las querellas formuló al tribunal el pedido para que se quitara de la sala un gran crucifijo, situado en la pared y detrás de los magistrados. Todos los abogados querellantes coincidieron en el argumento de la solicitud, basado en la condición laica del Estado argentino y en los graves delitos que desde las jerarquías de la Iglesia católica Argentina se cometieron durante el terrorismo de Estado.
Luego de un breve receso, el tribunal manifestó su acuerdo para que se quitara el crucifijo, pero aclaró que tramitará esa decisión ante la superintendencia de la justicia federal platense, ya que ninguno de los magistrados es natural del TOF 1.
Los crímenes de la acusación
La causa que llega a juicio implica una serie de delitos cometidos por la CNU en tres operaciones parapoliciales realizadas el 12 de febrero, el 4 de abril y el 19 de abril de 1976. En este sentido, entre el 3 de abril y el 4, la patota de la CNU secuestró a Néstor Hugo Dinotto, Graciela Martini, Daniel Pastorino y su mujer Adelaida Barón, interceptados todos mientras viajaban en un auto por la localidad de Villa Elisa, próxima a La Plata.
Dos víctimas resultaron liberadas, pero Di Noto y Martini fueron asesinados al día siguiente y sus cuerpos hallados con gran cantidad de proyectiles.
En el caso de Domínguez, Fiandor y Miceli, el marco de sus secuestros tuvo que ver con una serie de acciones sindicales que desde fines de 1975 y durante los primeros meses de 1976 llevaron a cabo los trabajadores del Hipódromo de La Plata, y cuyas actividades eran seguidas de cerca por la CNU, encargada principalmente de amedrentar y perseguir las luchas sindicales bajo el paraguas del entonces gobernador Victorio Calabró.
De las tres víctimas, sólo Fiandor pudo salvarse luego de escapar del Torino en el que lo llevaban secuestrado durante el trayecto a Magdalena.