PREOCUPA A LA CPM LA REFORMA DEL MINISTERIO PÚBLICO FISCAL La falta de autonomía atenta contra la democratización de la justicia y su independencia
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) manifiesta su preocupación por el proyecto de ley de reforma del Ministerio Público Fiscal (MPF) de la Nación que impulsa el gobierno nacional. Su independencia del resto de los poderes del Estado resulta clave para la consolidación de una justicia realmente democrática. El presente informe será enviado a los diputados y senadores nacionales para ser tenido en cuenta durante el debate.
ANDAR en la justicia
(CPM/Agencia) El Ministerio Público Fiscal es un órgano extra poderes que funciona de manera autónoma desde la reforma constitucional de 1994. Su función principal es definir una política criminal que establezca la persecución de los delitos que constituyen una amenaza para el bienestar de la sociedad. Junto con el Poder Judicial y el Ministerio Público de la Defensa, es uno de los pilares necesarios para la administración de justicia en el país. De aquí se desprende la importancia de su funcionamiento autónomo e independiente, sin ningún tipo de injerencia por parte de otros poderes. El proyecto de reforma que impulsa por estos días el gobierno nacional no sólo atenta contra estos principios de autonomía e independencia sino que genera condiciones de gobierno y funcionamiento del MPF que constituyen un claro retroceso institucional.
Si se aprueba este proyecto de ley, el MPF pasará a ser uno de los órganos de la justicia con mayor injerencia política de toda la Argentina. Por un lado, porque el Poder Ejecutivo podrá participar, a través del Ministerio de Justicia, como jurado de los concursos para fiscales. Pero además podrá intervenir directamente en la definición de los lineamientos de la política de persecución penal. Por otro lado, el Poder Legislativo también accionará sobre el MPF a través de una comisión bicameral encargada de revisar y definir cuestiones vinculadas al funcionamiento del organismo: a) establecimiento y conformación de las fiscalías de distrito; b) traslado de los fiscales a una jurisdicción distinta de aquella donde fueron designados originalmente; c) creación de procuradurías especializadas, unidades fiscales especializadas y direcciones generales, como así también la designación de sus titulares y reglamentar la organización de cada una de ellas; d) cubrir interinamente cargos vacantes hasta que se trate la designación definitiva de un titular.
Este proyecto intenta modificar la estructura funcional y el alcance de las acciones del MPF mediante el cercenamiento de su independencia a manos de quienes justamente deben ser controlados por el organismo: los representantes del poder político. Porque entre sus funciones principales, el MPF se dedica a investigar delitos y acusar penalmente, entre otros, a los funcionarios públicos.
Sin embargo, el proyecto muestra todavía más falencias. En lo referido a la función del procurador general, máximo responsable del MPF, habilita la posibilidad de un desempeño arbitrario que lo faculta a intervenir directamente sobre aquellas causas que considere importantes por “gravedad” o “complejidad del caso” pudiendo sustraerlas de las fiscalías donde cursan su trámite.
Del mismo modo, el proyecto legitima arbitrariedades para la remoción del cargo de procurador al prever que podrá realizarse mediante acusación de una mayoría simple de los miembros presentes de la Cámara de Diputados. Esto implica apartarse de los mecanismos constitucionales correspondientes, debilitando la independencia y autonomía de la institución. Además, habilita un desmembramiento casi absoluto de la estructura, el funcionamiento y el alcance del MPF tal como se lo conoce hasta el momento. Desde la limitación en sus funciones de la actual procuradora, Alejandra Gils Carbó, hasta la puesta en duda sobre la continuidad de algunas fiscalías especializadas que han demostrado un valioso aporte: violencia de género, lesa humanidad, apropiación de menores, violencia institucional y la dedicada al atentado contra la AMIA. Del mismo modo, todos los actuales funcionarios serán sometidos a la evaluación de la comisión bicameral para definir su continuidad en el cargo.
Por último, preocupa a la CPM la propuesta poco clara de creación de una unidad fiscal especializada en terrorismo internacional sin un diagnóstico serio que fundamente su pertinencia. Sin rumbo claro establecido ni necesidades reales evidentes, la iniciativa podría constituir de hecho una estrategia para la persecución judicial de los pueblos originarios, organizaciones sociales o sindicales.
Frente a estos lineamientos, resulta llamativo que el proyecto de ley sólo impulse reformas sustanciales únicamente respecto del Ministerio Público Fiscal y no así respecto de la Ministerio Público de la Defensa, considerando que se trata de dos cabezas de un mismo órgano. Esta situación constituye un tratamiento desigual de las leyes orgánicas del Ministerio Público. En este sentido, resulta al menos sospechoso este avance que parece motivado más por animosidades políticas que por intereses reales de transformar la institución judicial.
Para la CPM, todas estas consideraciones hacen que la iniciativa propuesta por el gobierno nacional constituya un retroceso significativo que atenta contra el bien común y la calidad institucional de nuestra democracia.
Si se limita el actual mandato de la procuradora en funciones -que asumió un cargo vitalicio conforme lo prevé la ley- a futuro podrían limitarse los cargos de los jueces y someterlos a los intereses de los gobernantes de turno, alterando los equilibrios que estableció la división de poderes desde la creación de la República.
La CPM exige a los legisladores de todos los bloques y partidos, a los dirigentes y funcionarios en general y a todas las organizaciones sociales, sindicales y políticas que se comprometan con una reflexión profunda y certera sobre las reformas necesarias para democratizar la justicia. Una justicia que sigue sin resultar accesible para los sectores más vulnerados de nuestra sociedad.