HISTÓRICA CONDENA A EXINTEGRANTES DE LA ARMADA Y PREFECTURA Juicio Fuertar 5: prisión perpetua para tres de los imputados y 25 años para el resto
El veredicto reemplazó la expresión “en el marco del genocidio” por “el delito internacional de genocidio”; además se revocaron las domiciliarias de los imputados, se reconoció el derecho de las víctimas a percibir una jubilación efectiva, y el Tribunal ordenó la remisión de los testimonios y pruebas del juicio a un juzgado federal de La Plata para que se inicie una investigación penal en torno a las responsabilidades de empresarios, directivos y administradores de las fábricas Propulsora Siderúrgica, YPF, Astillero Río Santiago y Frigorífico Swift.
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(Agencia) El lunes 19 desde las 20 el Tribunal Oral Federal 1 de La Plata dio un paso histórico en materia de lesa humanidad con condenas que van desde los 25 años a prisión perpetua contra los máximos responsables de la Armada y Prefectura Naval de La Plata, Berisso y Ensenada.
Los imputados fueron hallados culpables de delitos que van desde la coautoría del delito internacional de genocidio, pasando por la desaparición de personas, homicidios doblemente calificados, tormentos y privaciones ilegales de la libertad agravadas por la condición de perseguidos políticos de las víctimas.
La lectura del veredicto se realizó a sala llena en la exsede de la AMIA de La Plata –calle 4 entre 51 y 53-, actualmente asiento principal del TOF 1, y contó con la participación de la titular de Abuelas de Plaza de Mayo, Estela de Carlotto, entre varios referentes de las luchas por los derechos humanos.
Las condenas fueron las siguientes:
-Excomandante de Operaciones Navales, Antonio Vañek: 25 años de prisión
-Excomandante de la Fuerza de Tarea 5 (FT5), Jorge Alberto Errecaborde: Prisión Perpetua
-Exdirector del Liceo Naval y también comandante de la FT5, Juan Carlos Herzberg: 25 años de prisión
-Excomandante del Batallón de Infantería de Marina 3 (BIM3), José Casimiro Fernández Carró: Prisión Perpetua
-Exjefe de Operaciones e Inteligencia del BIM3, Roberto Eduardo Fernando Guitian: Prisión perpetua
-Los exjefes de Prefectura zona Río de La Plata, Carlos Ramón Schaller y Luis Rocca: 25 años de prisión
-Exoficial de Prefectura Eduardo Antonio Meza: 25 años de prisión
Para todos los casos, el tribunal votó las condenas con los votos del presidente Carlos Rozanski y el vocal César Álvarez, y la disidencia parcial del otro vocal, Germán Castelli. Con la misma disidencia parcial votó Castelli respecto de la decisión del tribunal de revocar las medidas de prisión domiciliaria con la que contaban, hasta el lunes, los imputados del juicio Fuertar 5.
Además de las penas, el tribunal ordenó que la empresa Astillero Río Santiago otorgue las correspondientes retribuciones salariales a los trabajadores que fueron víctimas del terrorismo de estado y que aún no reúnan las condiciones de edad para la obtención de una jubilación efectiva. El establecimiento de los montos se realizará teniendo en cuenta la máxima categoría salarial que les hubiera correspondido en caso de haber continuado con la prestación laboral.
Asimismo, se ordenó la pronta reparación histórica de los legajos laborales a fin de subsanar y establecer los verdaderos motivos por los que las víctimas del terrorismo de estado dejaron de asistir a sus trabajos. Esta medida abarca a las empresas Propulsora Siderúrgica, YPF, Astillero Río Santiago y Frigorífico Swift, que además deberán generar las condiciones para que en sus establecimientos se erijan señalizaciones por la memoria.
Otras de las disposiciones importantes de la sentencia aluden al pedido de inicio de una investigación penal por la eventual responsabilidad de las empresas y sus directivos en la comisión de delitos de lesa humanidad; la investigación de todos los funcionarios de los sindicatos que tenían intervención en las empresas mencionadas; la incorporación de las pruebas del juicio a la causa en trámite conocida como CNU La Plata; y la incorporación de la sentencia a los planes de estudios de las fuerzas armadas.
Respecto a los fundamentos del fallo, el tribunal anunció que su lectura se realizará el próximo 13 de noviembre desde las 12.
Aporte de la CPM al juicio Fuertar 5
Cabe recordar que este proceso tuvo como imputados, por primera vez en la región, a exintegrantes de la Armada y la Prefectura Naval que actuaron especialmente en la persecución y represión de trabajadores fabriles del cordón industrial de La Plata, Berisso y Ensenada.
El término Fuertar 5 alude al esquema de reorganización de la Marina a nivel nacional en función de los nuevos objetivos que se planteó la dictadura militar. Así, la Fuerza de Tareas 5 tuvo como ámbito de intervención la capital bonaerense y los dos distritos ribereños. Bajo la órbita del Fuertar 5 operaron el Batallón de Infantería de Marina (BIM) 3, la Escuela Naval, el Astillero Río Santiago, la sede de la Prefectura y el Hospital Naval.
En este sentido, la Comisión Provincial por la Memoria, a través del programa Justicia por Crímenes de Lesa Humanidad, realizó un valioso aporte documental a partir del archivo de la exDIPPBA (Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires). Los legajos, informes y fichas personales incluidos en la causa contienen no sólo datos de la persecución contra los trabajadores de la región, sino especialmente de la cadena de mandos de la Marina y de los centros clandestinos utilizados para la represión.