LA CPM PRESENTÓ DOCUMENTACIÓN Megacausa de Campo de Mayo
(Agencia- prensa CPM) La CPM presentó documentos de la ex Dirección de Inteligencia de la Policía Bonaerense (DIPPBA) como prueba en juicio por delitos de lesa humanidad que incorpora el accionar represivo en el noroeste de la Provincia. Claudia Bellingeri, perito del Archivo de la ex DIPPBA y directora del programa Justicia por delitos de lesa humanidad de la CPM, declaró en el juicio que se lleva adelante en el Tribunal Federal de San Martín. Se trata del 8° juicio de la Megacausa Campo de Mayo, que toma los casos de sobrevivientes de las ciudades de Escobar, Campana y Zárate.
En la audiencia de hoy estuvieron presentes los fiscales representantes del Ministerio Público Fiscal; el abogado representante de las víctimas, Pablo Llonto; Ciro Annichiarico, abogado querellante de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación en la megacausa de Campo de Mayo, y los jueces a cargo del Tribunal Federal de San Martín: Alfredo Ruiz Paz, María Claudia Morgese Martín y Marcelo Díaz Cabral.
La causa incluye un total de 29 víctimas, trabajadores de Zárate y Campana. Los imputados son: Santiago Omar Riveros, jefe del Instituto de Comandos Militares de Campo de Mayo; el Comisario Fernando Meneghini a cargo de la Comisaría de Escobar; el Capitán de Navío Sergio Buitrago, y el prefecto Servando Ortega.
Allí escucharon el testimonio de Bellingeri y tomaron conocimiento sobre el área represiva Escobar, Campana y Zárate. Durante más de dos horas se describió el accionar coordinado de la Policía bonaerense y del Comando Militar Campo de Mayo. Además, se mostró documentación del Archivo de la ex DIPPBA y se respondieron preguntas.
Claudia Bellingeri destacó la importancia de la documentación presentada: “Se pudo documentar la existencia del trabajo coordinado de las fuerzas: armada, prefectura, ejército y Policía Bonaerense en los procedimientos. Es muy importante porque los imputados en esta causa pertenecen a distintas fuerzas armadas y de seguridad. Presentamos los legajos de libertad vigilada que les otorgaban a las víctimas como constancias de su detención. Así quedaron refrendados los secuestros y qué fuerzas habían participado”.
Los documentos que aportará la CPM constituyen elementos probatorios clave para la causa:
– Que la Zona 4, a cargo de Santiago Riveros (que contempla, entre otros, al centro clandestino que funcionó en Campo de Mayo), comenzó a funcionar en 1975. Este dato es importante porque en su defensa Riveros dice que entró en funcionamiento en agosto del 76.
– Que de los operativos realizados en la Zona 4 participaron articuladamente diferentes fuerzas represivas, fundamentalmente el Ejército y la policía bonaerense. Tanto en acciones de espionaje, como de persecución, secuestro y derivación de las víctimas.
– Que las víctimas estaban identificadas como activistas sindicales dentro de las fábricas ubicadas en este cordón industrial, según consta en los documentos remitidos por la delegación de inteligencia de Tigre.
La documentación aportada revela que la Zona de defensa IV se encontraba en funcionamiento antes de la “orden de operaciones” que le diera entidad formal como tal, y será ilustrativa del circuito represivo y de la acción conjunta de las fuerzas armadas y de seguridad en la zona Zárate-Campana-Escobar. También se investigó sobre los centros clandestinos de la zona, especialmente el que se conoce como “Tolueno”.
Por la vasta documentación existente en el archivo de la ex DIPPBA, la CPM es una institución clave para este proceso judicial, pudiendo aportar mucho caudal de información detallada sobre el accionar represivo en el noroeste de la provincia de Buenos Aires.
Esta causa reabre un viejo reclamo de organismos de derechos humanos, familiares y víctimas, para unificar las causas de las víctimas de Campo de Mayo.