Los 3 pecados capitales: mujer, indígena y pobre
ANDAR en la justicia
Por Adolfo Pérez Esquivel*
El Tribunal Oral Criminal Nº 1 (TOC) de Quilmes, integrado por las Juezas Silvia Etchemendi, Marcela Viccio y Florencia Butierrez, condenó por unanimidad a Reina Maraz Bejarano, indígena quechua hablante de Bolivia.
La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) acompañó en el juicio a Reina y reclamó que su testimonio lo hiciera en su lengua materna, a través de una intérprete designada para su caso, debido a que en la justicia provincial no existe listado alguno de intérpretes en lenguas originarias. Reina testimonió con la intérprete sobre las situaciones de violencia ejercidas por su pareja y violaciones de su vecino. Por su parte, el fiscal, con una actitud despectiva y discriminatoria al dirigirse a Reina le reclamaba que presente las marcas de las violaciones. Una agresión a su condición de mujer. Pasaron tres años de éstas violaciones y agresiones que ella expuso ante el Tribunal, que en ningún momento hizo ninguna pregunta a la acusada, ni tampoco trató de impedir la agresión del Fiscal.
[pullquote]En el juicio se desconoció el derecho de los pueblos originarios a la autodeterminación lingüística. Se actuó con discriminación hacia otra cultura[/pullquote]
Luego de ello, durante el transcurso de una de las audiencias, el Tribunal le prohibió a la hermana de Reina dar testimonio en su lengua materna, y tuvo que hacerlo con gran dificultad en castellano. Alegando el tribunal que “el juicio es en territorio argentino y el idioma es el castellano”; de esta manera se desconoció el derecho de los pueblos originarios a la autodeterminación lingüística. Fue así que se actuó con discriminación hacia otra cultura, violando la Constitución Nacional y los Tratados Internacionales de DDHH incorporados a ella y la Declaración Internacional de Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU
La Dra. Margarita Jarque, Directora de Litigio Estratégico de la CPM, señaló “ésta es una sentencia que reprodujo la acusación del fiscal, sin fisura alguna”. A su vez, Sandra Raggio expresó que “el Tribunal no escuchó a Reina y el fallo nos resulta profundamente injusto”. Estamos frente a un Tribunal que no consideró el sufrimiento, las vejaciones de una mujer indígenas y pobre, totalmente vulnerada en sus derechos.
Lo más grave de todo es la condena en sí misma: CADENA PERPETUA. Es la misma que se le ha impuesto a los represores de la dictadura militar, Etchecolaz y Videla. De la misma manera nos llama la atención que a los policías acusados de haber cometido homicidios de gatillo fácil, muchos de ellos están en libertad, mientras que a Reina, sin habérsele comprobado fehacientemente el hecho que se le imputó, está condenada a cadena perpetua y en detención domiciliaria.
Esto es totalmente indigno, ultrajante y discriminatorio para la dignidad humana de una mujer indígena.
Esperamos que el defensor oficial de Reina, Dr. José María Mastronardi, apele la sentencia.
*Presidente de la Comisión Provincial por la Memoria y del Servicio Paz y Justicia
El CODESDH adhirió a las expresiones del presidente de la CPM, se puede descargar el documento al final de esta nota.